El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró inadmisible la demanda de amparo presentada por el alcalde de Lima Metropolitana, Renzo Reggiardo, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y su procurador público, en un proceso relacionado con las elecciones del pasado 12 de abril.
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La acción judicial buscaba dejar sin efecto el acuerdo emitido por el Pleno del JNE, mediante el cual se declaró inviable la realización de elecciones complementarias en distritos afectados por problemas logísticos durante la jornada electoral.
Además, el burgomaestre solicitaba que se convoquen nuevos comicios en las jurisdicciones donde, según argumentó, se vulneró el derecho al sufragio debido a las dificultades registradas el día de la votación.
¿Por qué fue declarada inadmisible la demanda de Renzo Reggiardo?
Según la resolución emitida por el juzgado constitucional, la demanda presentada por Renzo Reggiardo contiene “ambigüedades sustanciales” que impiden que el proceso continúe en su estado actual.
El documento judicial precisa que existen observaciones relacionadas con la representación legal y la forma en la que el alcalde interpuso la acción de amparo. Por ello, el despacho otorgó un plazo de tres días para que las observaciones sean subsanadas.
El juzgado advirtió una “dualidad incompatible” en la presentación del recurso. Esto debido a que el alcalde aparece actuando simultáneamente como ciudadano individual y como autoridad municipal.
En la resolución se señala que el demandante consignó sus datos personales como ciudadano, lo que implicaría una defensa de su derecho al sufragio; sin embargo, también invocó atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades para sustentar una representación de los vecinos de Lima Metropolitana.
“El accionante se presenta con sus generales de ley como ciudadano individual, lo cual remitiría a una defensa de su derecho al sufragio. Sin embargo, invoca el artículo 20, inciso 1, de la Ley Orgánica de Municipalidades, para justificar su intervención en defensa de los vecinos de Lima”, indica la resolución judicial.
Las observaciones del Poder Judicial al recurso presentado por Renzo Reggiardo
Otro de los puntos observados por el juzgado fue la ausencia de un documento formal que acredite que Renzo Reggiardo estaba autorizado para actuar en calidad de alcalde dentro de este proceso constitucional.
El órgano jurisdiccional sostuvo que no se adjuntó una acreditación institucional que permita validar la representación municipal invocada en la demanda.
Asimismo, el juez recordó que, de acuerdo con el marco legal vigente, la facultad de convocar elecciones corresponde exclusivamente al presidente de la República.
En ese sentido, la resolución también cuestiona que el jefe de Estado no haya sido incluido como parte demandada dentro del proceso de amparo presentado por el alcalde de Lima.
El juzgado señaló que este aspecto resulta relevante debido a que el petitorio principal de la demanda planteaba precisamente la convocatoria de elecciones complementarias en determinados distritos.
¿Qué pedía exactamente la demanda contra el JNE?
La demanda de amparo impulsada por Renzo Reggiardo buscaba anular el acuerdo adoptado por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones que descartó la posibilidad de realizar comicios complementarios tras los problemas registrados durante la jornada electoral del 12 de abril.
El alcalde argumentó que los inconvenientes logísticos habrían afectado el ejercicio pleno del derecho al voto en algunos sectores de Lima y otras jurisdicciones impactadas.
Entre los problemas reportados durante esa fecha se mencionaron retrasos en la instalación de mesas, dificultades en la distribución del material electoral y demoras en diversos centros de votación.
El recurso también solicitaba que las autoridades electorales adopten medidas correctivas para garantizar la participación ciudadana en los lugares donde se habría visto afectada la normalidad del proceso.











