Los jubilados del Perú se vienen organizando para solicitar un aumento de pensiones, como es el caso de la Federación de Jubilados de Lambayeque (FEJULAM), quienes piden un aumento de sueldo de 71 soles.
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Una propuesta que ha generado mucho interés entre los adultos mayores que reciben una pensión, fue presentada por la Federación de Jubilados de Lambayeque (FEJULAM) quienes han planteado un aumento de sueldo que van desde los 27 soles hasta 71 soles a las pensiones de los jubilados de las leyes 19990 y 20530.
Esta propuesta busca ser presentada ante los asesores de las bancadas del Congreso de la República para su evaluación y posterior debate en el hemiciclo parlamentario.
Según la propuesta gremial, no se pretende ocasionar ‘huecos’ en el erario fiscal con pedidos que no estén acorde a la realidad pues muchos otros pedidos han quedado estancados precisamente porque exigían montos que superaban incluso el equivalente a una Remuneración Mínima Vital de S/ 1025.
«Son incrementos bimensuales de solamente 27 soles a 71 soles tanto para la 19990 y 20530, no podemos seguir siendo soslayados por el estado. Tenemos un fallo del Tribunal Constitucional que un juzgado se inhibió de hacerlo cumplir y desde el 2015 el tan deseado aumento progresivo señalado en la Disposición Complementaria de la misma carta magna dispone a nuestro favor no se cumple ni se revisa”, informó Simeón Alvarado, vocero de la FEJULAM a La Razón.
¿Cuál es el aumento para los jubilados de las leyes 19990 y 20530?
Aumento de pensiones para jubilados en Perú bajo las leyes 19990 y 20530 fue establecido de la siguiente manera.
Aumentó de S/ 415 a S/ 500 a partir de enero de 2024, pero también se incrementó de manera proporcional para todos los pensionistas, llegando a un máximo de S/ 35 para las pensiones más altas.
Pensiones de viudez, orfandad y ascendencia: Aumentaron en S/ 35 en todos los casos.
En el caso de los beneficiarios de la Ley 20530 (Decreto Ley 20530) se incrementó en S/ 30 mensuales para los beneficiarios que cumplieron 65 años o más al 31 de diciembre de 2023 y cuyo valor anualizado no exceda las 28 UIT (S/ 144.200 en 2024).