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Bono Importadores 2024: ¿Cuáles son los requisitos para el subsidio?
enero 15, 2024
Autor: Redacción El Tiempo

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En el marco de la tercera subasta de bonos destinados a la cancelación de deuda comercial, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha anunciado una nueva medida para los importadores: la posibilidad de liquidar el Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) para acceder al dólar contado con liquidación (CCL). Este anuncio ha generado expectativas y, al mismo tiempo, ha suscitado interrogantes sobre los requisitos necesarios para obtener este subsidio. A continuación, desglosamos los detalles más relevantes.

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Bono Importadores 2024: Acceso al mercado de cambios

La Comunicación «A» 7940/2024 publicada por el BCRA oficializa la posibilidad de vender los BOPREAL en el mercado financiero. Esto permite a los importadores girar los dólares a cuentas en el exterior, siempre que los títulos hayan sido adquiridos en una suscripción primaria y que las cuentas receptoras no estén en países o territorios no alineados con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Acceso al tipo de cambio oficial

La Comunicación «A» 7941/2024 establece que quienes suscriban al Bono antes del 31 de enero por al menos el 50% de sus deudas elegibles podrán acceder al mercado de cambios. Esto les permitirá pagar deudas comerciales por importaciones de bienes y servicios anteriores al 13 de diciembre de 2023, para las cuales no hayan solicitado la suscripción del BOPREAL. El acceso al tipo de cambio oficial mayorista será efectivo a partir de febrero.

 

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Requisitos y condiciones

Marco Normativo para el Acceso al Mercado de Cambios

El acceso al mercado de cambios debe cumplir con ciertas condiciones según la normativa. A partir del 1 de febrero, el monto total abonado por este mecanismo no debe superar el 5% del monto suscripto del BOPREAL. Simultáneamente, se requiere la liquidación de un monto equivalente al pagado por cobros diferidos de exportaciones de bienes que debieron ingresarse a partir del 1.3.25, sin superar el 10% del monto de las deudas elegibles no suscritas al BOPREAL.

Plazos y Declaraciones Juradas

El acceso al mercado de cambios, en el caso de pagos por cobros anticipados de exportaciones de bienes, se inicia el 1.2.24. Aquí, el importador debe presentar una declaración jurada que indique la necesidad de conformidad previa del BCRA para la cancelación de estos cobros anticipados antes de los plazos establecidos. Adicionalmente, se requiere una declaración jurada del cliente que detalle el monto suscripto del BOPREAL de mayor plazo y los montos de las deudas comerciales elegibles por operaciones previas al 13 de diciembre de 2023.

Escenarios diferenciados

Quienes suscriban antes del 31 de enero por el 25% o más de sus compromisos pendientes tienen un acceso diferenciado. Podrán acceder al mercado de cambios a partir del 1.2.24 para pagar deudas comerciales por importación de bienes y servicios anteriores al 13.12.23, siempre y cuando el pago no supere el 50% del monto liquidado simultáneamente en concepto de cobros anticipados de exportaciones de bienes.

 

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Redacción El Tiempo
Redacción El Tiempo. Autor de contenidos y de las últimas noticias del diario El Tiempo. Experiencia como redactor en varias temáticas y secciones sobre noticias de hoy en Piura, el Perú y el mundo.
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