El Poder Judicial declaró improcedente la acción de hábeas corpus presentada a favor de Betssy Chávez, ex titular de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), que buscaba ordenar al Poder Ejecutivo la entrega inmediata de un salvoconducto para viajar a México en calidad de asilada política.
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El juez constitucional de Lima, Iván Cabrera, rechazó el recurso interpuesto el 25 de noviembre de 2025 por el ciudadano Rubén Serpa Valdez, quien también incluyó en la demanda a la Embajada de México en Lima y diversas entidades del Estado, alegando una presunta vulneración a la libertad personal y derechos conexos.
Asimismo, el magistrado desestimó los pedidos que buscaban impedir cualquier acción de la Policía Nacional o autoridades peruanas dentro de la sede diplomática, incluyendo la prohibición de ingreso forzoso, allanamientos o intervenciones, así como la adopción de medidas cautelares para proteger a los refugiados.
La demanda fue presentada tras declaraciones del entonces presidente José Jerí, quien habría sugerido la posibilidad de ingresar por la fuerza a la embajada para ejecutar un mandato de prisión preventiva contra Chávez. Sin embargo, el juez determinó que dicha amenaza no se sustenta en hechos objetivos ni verificables, además de señalar que las autoridades han descartado oficialmente cualquier intervención y que Jerí ya no ocupa el cargo presidencial.
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En la resolución emitida el 10 de abril, el magistrado también precisó que la solicitud de salvoconducto no tiene relevancia constitucional, ya que no existe una afectación directa a la libertad personal, debido a que la permanencia de Chávez en la embajada responde a una decisión voluntaria.
Además, indicó que no existe un acto administrativo que deniegue formalmente el salvoconducto, puesto que el Gobierno peruano aún se encuentra evaluando dicha solicitud, tratándose de una decisión de carácter político y diplomático.
Finalmente, el juez dispuso que, una vez consentida o ejecutoriada la resolución, el caso sea archivado de manera definitiva.











