Presidente del Congreso firma autógrafa que autoriza desembolso de S/ 20 600
abril 12, 2024
Autor: Claudia Vilchez Tejada
presidente del congreso firma autógrafa que autoriza desembolso

Presidente del Congreso firma autógrafa que autoriza desembolso

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El presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes FIRMÓ la autógrafa de ley que permite el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, por un monto máximo de S/ 20,600. Esta medida responde con las demandas de un sector de la población.

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¿Qué significa esta medida para los ciudadanos peruanos?

El presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes, ha respondido al clamor popular al autorizar el séptimo retiro extraordinario de los fondos de pensiones, permitiendo a los ciudadanos acceder a recursos que les pertenecen. Esta medida, aprobada por el pleno del Congreso, busca brindar un alivio financiero a los trabajadores peruanos en momentos de dificultad económica.

Procedimiento para el retiro extraordinario de fondos

La autógrafa de ley establece un procedimiento claro y sencillo para el retiro extraordinario y facultativo de los fondos pensionarios:

  • a) Solicitud: Los afiliados podrán presentar su solicitud de manera física o virtual dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
  • b) Desembolso: Se abonará un monto de hasta una UIT cada treinta días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones correspondiente.
  • c) Cancelación: En caso de que el afiliado decida no continuar con el retiro de fondos, podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez días calendario antes del siguiente desembolso.

¿Qué pasa si el Poder Ejecutivo no promulga la ley?

Según lo establecido en el artículo 108 de la Constitución Política, en caso de que el presidente de la república no promulgue la ley, esta será promulgada por el presidente del Congreso o el de la Comisión Permanente, según corresponda. De esta manera, se garantiza que la medida entre en vigencia en el plazo establecido.

Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS)
Una disposición complementaria final señala que la SBS determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo para el retiro en un plazo que no excederá de quince días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la ley, garantizando así una implementación rápida y eficiente de la medida.

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Claudia Vilchez Tejada
Periodista con experiencia en contenidos del ámbito social en el norte del Perú. Formada y egresada de la Universidad Nacional de Piura (UNP). Redacto contenido SEO de actualidad y tendencias en Diario El Tiempo.
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