Otorongo no come crías de otorongos. El Pleno del Congreso de la República no aprobó la reforma constitucional que bloquea la participación en elecciones de sentenciados por delitos graves en el Perú.
La iniciativa apenas obtuvo 65 votos a favor, frente a 26 en contra y cinco abstenciones.
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Al tratarse de una reforma constitucional, para convertirse en norma y poder ser implementada para las elecciones 2026, el texto debía obtener hoy el respaldo mínimo de 87 legisladores y ser ratificado con igual número de votos, en la siguiente legislatura, que se inicia en marzo del 2025.
Sustento de ley
Los delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas, atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria, así como aquellos contra los poderes del Estado y el orden constitucional, serían los considerados como determinantes para prohibir la participación de un candidato, en un esfuerzo por moralizar el Estado.
El proyecto fue sustentado ante el Pleno por el vicepresidente de la Comisión de Constitución, Luis Aragón. Durante su intervención, el legislador de Acción Popular indicó que la reforma no contradecía los principios constitucionales y precisó que su aprobación permitiría garantizar “que todos y cada uno de los candidatos que se presenten […] cumplan con un perfil idóneo y transparente en favor de la comunidad”.
¿Cómo votaron?
Las bancadas que votaron a favor de la norma son: Fuerza Popular (siete de 21), APP (11 de 14), Podemos (siete de 13), Renovación Popular (10), Acción Popular (seis de nueve), Bloque Magisterial (cuatro), Avanza País (ocho), Somos Perú (cuatro de siete), Honor y Democracia (cuatro de cinco), No agrupados (tres de seis).
En contra: Podemos (uno), Podemos (uno), Perú Libre (ocho), Bloque Magisterial (dos), Cambio Democrático siete), Bancada Socialista (cinco), Bloque Democrático (uno). Se abstuvieron cinco congresistas. Durante el debate, hubo opiniones divididas entre los legisladores. Algunos expresaron preocupaciones sobre la justicia de extender las inhabilitaciones electorales a personas que ya cumplieron condena.
Cabe añadir que, originalmente, el proyecto incluía más delitos, como violación de la libertad sexual, corrupción de funcionarios, colusión y homicidio, pero la falta de consenso llevó a una restricción del alcance de los delitos considerados en la versión final.
La reforma también contemplaba modificar el artículo 39-A, para que los sentenciados tampoco accedan a cargos de confianza durante su tiempo de inhabilitación electoral.