El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) anunció que, a partir del jueves 27 de marzo, queda prohibida la publicidad estatal, luego de que la presidenta Dina Boluarte convocara oficialmente a las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026.
Puedes leer ► Elecciones 2026: Conoce los 41 partidos políticos que participarán en los próximos comicios
Inicio del período electoral y restricciones
La especialista en Fiscalización del JNE, Liz Barrera, explicó que la restricción entra en vigencia al día siguiente de la publicación del decreto supremo en el diario oficial El Peruano, lo cual ocurrió el miércoles 26 de marzo.
«La norma establece que, una vez publicado el decreto supremo que convoca a las elecciones generales, desde el día siguiente entramos en período electoral y se aplican todas las restricciones», precisó Barrera.
Excepciones a la prohibición de publicidad estatal
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, solo se permite la publicidad estatal en casos de necesidad o utilidad pública. Sin embargo, debe cumplir estrictos criterios y no puede incluir elementos prohibidos, como referencias a organizaciones políticas, símbolos partidarios o cualquier contenido que identifique a un funcionario.
«Debemos considerar que hay varios procesos electorales en marcha, como las elecciones municipales complementarias y la consulta popular de revocatoria, además de las elecciones generales», indicó Barrera.
En este sentido, todas las entidades públicas a nivel nacional están obligadas a respetar la normativa electoral en cuanto a la difusión de publicidad estatal.
Supervisión y sanciones por incumplimiento
El JNE fiscalizará el cumplimiento de esta normativa a través del monitoreo de redes sociales y plataformas oficiales de entidades públicas. En caso de infracción, se adoptarán medidas y sanciones correspondientes según lo establecido en el reglamento electoral.











