La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que los ciudadanos sorteados como miembros de mesa para las elecciones 2026 ya pueden conocer su designación de manera rápida y sencilla a través de su plataforma virtual. Este paso es clave dentro del cronograma electoral rumbo a los comicios generales.
Como parte del proceso, la ONPE seleccionó previamente, el viernes 23 de enero, a 25 ciudadanos por cada mesa de sufragio. Posteriormente, el jueves 29 de enero, se realizó el sorteo público para definir a los miembros de mesa titulares y suplentes que participarán en la jornada electoral.
¿Cómo consultar si eres miembro de mesa en las elecciones 2026?
La verificación se realiza mediante la plataforma oficial de la ONPE, en el apartado denominado “Consulta electoral”. El procedimiento es sencillo y solo requiere el número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
Paso a paso para verificar tu designación
- Ingresa a la plataforma oficial de la ONPE.
- Escribe tu número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Verifica el resultado que arroja el sistema.
Si apareces como miembro de mesa titular o suplente, la plataforma mostrará el número de mesa y el local de votación asignado. En caso contrario, aparecerá el mensaje: “No eres miembro de mesa”.
La entidad electoral exhortó a los ciudadanos a revisar oportunamente esta información, considerando que el rol de miembro de mesa es fundamental para garantizar el desarrollo transparente de las elecciones generales 2026.
¿Qué implica ser miembro de mesa en las elecciones 2026?
El miembro de mesa es la autoridad máxima durante el acto de sufragio en cada mesa de votación. Su función consiste en instalar la mesa, conducir la votación, realizar el escrutinio y completar las actas electorales.
La normativa vigente establece que el cargo es irrenunciable, salvo en los casos previstos por la ley. La participación ciudadana en este proceso fortalece el sistema democrático y asegura la legitimidad de los resultados.
La ONPE recordó que los ciudadanos sorteados están sujetos a tachas, es decir, a posibles impugnaciones que pueden ser presentadas ante el Jurado Electoral Especial (JEE), conforme a lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley Nº 26859). Este mecanismo busca impedir que personas con incompatibilidades legales ejerzan funciones durante la jornada electoral.
Excusas para no cumplir como miembro de mesa
Si bien el cargo es obligatorio, la Ley Orgánica de Elecciones contempla determinadas causales para presentar una excusa y no ejercer como miembro de mesa en las elecciones 2026.
Las causales son las siguientes:
- Notorio o grave impedimento físico o mental.
- Necesidad de ausentarse del territorio de la República.
- Encontrarse en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños hasta los dos años cumplidos a la fecha de la elección.
- Ser mayor de 65 años.
- Estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo 57 de la Ley 26859.
Los ciudadanos que hayan sido designados y no puedan cumplir con el deber electoral deberán presentar su excusa ante la ONPE dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación definitiva del listado de miembros de mesa titulares y suplentes.
En caso de problemas de salud debidamente acreditados, la justificación puede tramitarse hasta cinco días calendario antes de la fecha de los comicios.
¿Qué es una tacha y cuándo se puede presentar?
La tacha es un mecanismo legal mediante el cual cualquier ciudadano puede impugnar la designación de un miembro de mesa si considera que existe un impedimento que podría afectar la transparencia del proceso electoral.
Este recurso puede presentarse hasta tres días hábiles después de la publicación de los resultados del sorteo. El Jurado Electoral Especial evaluará cada caso y resolverá conforme a la ley.
La posibilidad de formular tachas forma parte de las garantías previstas para asegurar la imparcialidad en las elecciones 2026 y evitar conflictos durante la jornada de votación.
Dispensa de sufragio para peruanos en el extranjero
La normativa electoral también contempla situaciones especiales para los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero. Aquellos que, por razones de salud o causa de fuerza mayor, no puedan emitir su voto deberán solicitar una dispensa ante el Jurado Nacional de Elecciones a través de la Oficina Consular correspondiente.
Este trámite permite justificar la inasistencia y evitar sanciones administrativas, siempre que se acrediten las razones previstas por la ley.







