El Poder Ejecutivo observó la autógrafa de ley aprobada por el Congreso que proponía otorgar una bonificación especial de hasta el 35% del sueldo a trabajadores administrativos del Minedu. La medida, que había recibido amplio respaldo en el Parlamento, ha sido devuelta para su reconsideración debido a cuestionamientos de orden constitucional y presupuestal.
La iniciativa buscaba reconocer un beneficio económico para el personal administrativo del sector Educación sujeto al Decreto Legislativo 276, retomando disposiciones establecidas en normas de la década de 1990.
¿Qué planteaba la ley aprobada sobre el Minedu?
El dictamen aprobado en marzo por el Congreso contemplaba el pago de una bonificación especial basada en la Resolución Ministerial N.º 1445-90-ED. Esta norma establecía un beneficio económico diferenciado según el grupo ocupacional de los trabajadores administrativos del Minedu.
De acuerdo con la propuesta legislativa:
– El personal profesional recibiría una bonificación equivalente al 35% de su remuneración total.
– Los trabajadores técnicos y auxiliares accederían a un 30% adicional sobre su salario.
El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Segundo Montalvo Cubas, sostuvo que la medida buscaba reforzar la seguridad jurídica y garantizar derechos laborales para este sector de trabajadores.
¿Por qué el Ejecutivo observó la ley del Minedu?
El Ejecutivo, encabezado por el presidente José María Balcázar, junto con la Presidencia del Consejo de Ministros, decidió no promulgar la ley y formular observaciones al considerar que generaría un impacto significativo en el presupuesto público.
Según el análisis oficial, la implementación del beneficio implicaría un gasto anual de aproximadamente 146 millones de soles para el sector Educación. Esta cifra podría incrementarse hasta 309 millones de soles si otros trabajadores del mismo régimen solicitan el mismo derecho.
Además del impacto fiscal, el Gobierno señaló que el Congreso no sustentó adecuadamente el financiamiento de la medida ni explicó cómo se cubriría este gasto en el presupuesto del año 2026.
Cuestionamientos legales sobre la bonificación en el Minedu
Otro de los argumentos centrales del Ejecutivo está relacionado con la legalidad de la bonificación propuesta. La observación indica que la Resolución Ministerial N.º 1445-90-ED no contaba con un marco normativo habilitante para establecer este tipo de beneficios.
El Gobierno precisó que el Decreto Legislativo que se utilizó como sustento no facultaba al Minedu a crear bonificaciones ni a fijar porcentajes sobre remuneraciones. En ese sentido, la norma original carecería de respaldo legal suficiente.
Este punto es clave, ya que la ley aprobada por el Congreso se basaba precisamente en el reconocimiento de ese beneficio histórico.
¿Qué implica que una ley sea observada por el Ejecutivo?
Cuando el Ejecutivo observa una ley aprobada por el Congreso, no la promulga de inmediato, sino que la devuelve al Parlamento con comentarios y objeciones. En este caso, la norma sobre el Minedu deberá ser evaluada nuevamente por los legisladores.
El Congreso tiene tres opciones:
– Aceptar las observaciones y modificar el texto.
– Insistir en la versión original aprobada.
– Archivar la iniciativa.
Si el Parlamento decide insistir en la ley sin cambios, esta podría ser promulgada sin el respaldo del Ejecutivo, aunque posteriormente podría ser objeto de control constitucional.
El debate sobre el gasto público y el rol del Congreso
El caso ha reavivado el debate sobre los límites del Congreso para aprobar normas que impliquen gasto público. En el sistema constitucional peruano, los parlamentarios no tienen iniciativa para crear o incrementar el gasto del Estado.
Esta restricción busca preservar el equilibrio fiscal y garantizar que el manejo del presupuesto sea responsabilidad exclusiva del Ejecutivo. Por ello, proyectos que generan desembolsos no previstos suelen ser cuestionados por su posible inconstitucionalidad.
Sin embargo, el Parlamento ha defendido en varias ocasiones este tipo de iniciativas, argumentando que responden a demandas laborales y sociales urgentes, como ocurre con los trabajadores administrativos del Minedu.
¿Quiénes serían beneficiados con el bono del Minedu?
La bonificación estaba dirigida a los trabajadores administrativos del sector Educación bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, incluyendo personal que labora en unidades de gestión educativa local (UGEL) y otras dependencias.
Se trataba de un grupo que, según los impulsores de la ley, mantiene una deuda histórica en materia de reconocimiento económico. La propuesta buscaba que estos trabajadores accedan al beneficio sin necesidad de recurrir a procesos judiciales.
¿La bonificación del Minedu requería sentencia judicial?
No necesariamente. Uno de los objetivos de la norma era evitar que los trabajadores tengan que iniciar demandas judiciales para obtener el pago de este beneficio, lo que suele implicar largos procesos y costos adicionales.
¿Podría retomarse la propuesta más adelante?
Sí. El Congreso puede reformular la iniciativa, ajustarla a las observaciones del Ejecutivo o insistir en su aprobación. El futuro de la bonificación en el Minedu dependerá del debate político y de la viabilidad técnica que logre sustentarse en los próximos meses.
El tema seguirá en agenda debido a su impacto en miles de trabajadores del sector Educación y por las implicancias fiscales que supone para el Estado.











