Nueva medida. La Comisión de Constitución del Congreso aprobó dos reformas constitucionales que autorizan investigar a un presidente a pesar de estar cumpliendo funciones y nuevas causas de vacancia.
Con 16 votos a favor, 5 en contra y 6 abstenciones, se aprobó agregar al artículo 117 de la Constitución los delitos vinculados al terrorismo, nacotráfico, corrupción, entre otros, como causales para que un presidente en funciones pueda ser acusado en el Parlamento.
«Artículo 117.- El Presidente de la República solo puede ser acusado, durante su período, por (…) la imputación de delitos vinculados al terrorismo; al narcotráfico; a la corrupción de funcionarios: colusión, cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio, cohecho activo transnacional, cohecho activo específico, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, tráfico de influencias, y enriquecimiento ilícito; y a delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional: rebelión, sedición y motín», se puede leer en el texto sustitutorio.
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Asimismo, se indicó que la investigación abarcará la etapa de diligencias preliminares y la formalización y continuación de la investigación preparatoria. Con ello, se procederá a la formulación de la acusación constitucional ante el Congreso de ser el caso».
Por incapacidad
Además, con 18 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones, la Comisión de Constitución aprobó reformar el artículo 113 de la Constitución, a fin de que se incluya el concepto de incapacidad mental. No obstante, se incorporó el numeral 6, en el cual se señala que la declaración de la incapacidad moral es potestad del Congreso.
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