La apología al terrorismo a través de redes sociales puede ser sancionado con 8 a 15 de cárcel, pues se considera un hecho agravante. Así lo recordó la Corte Superior Nacional.
Asimismo, el juez Guillermo Huamán Vargas, señaló que la apología al terrorismo en ejercicio de la docencia también puede ser sancionado con seis a diez años de prisión.
El magistrado explicó que el artículo 316-A del Código Penal sanciona el delito apología de terrorismo a quien exalta, justifica o enaltece el delito de terrorismo. Además, se sanciona a la persona que enaltece a la sentenciado por estos actos.
“En el caso del docente se considera una circunstancia agravante, la segunda más grave. Esta medida es porque al maestro se le da la responsabilidad de formar ciudadanos. Pero si este alude al terrorismo para bien estaría distorsionando el comportamiento de ellos”, explicó.
PUEDES LEER ?Digna Calle: “Los congresistas no dejan el cargo por el sueldo que cobran”
Respecto a las pruebas, el magistrado dijo que estas pueden ser desde un video, en caso la clase haya sido grabada o el testimonio de los estudiantes que recibieron el supuesto mensaje apologético por parte del docente.
“En este caso tendríamos que analizar el contenido apologético (dado por el docente), ya sea si este exalta o enaltece el delito de terrorismo o a la persona condenada por ese delito de terrorismo”, detalló.
Hace unas semanas, el Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional, que preside el juez Huamán Vargas, en audiencia de adelanto de fallo impuso ocho años de prisión a Julián Cuba Jurado y Richard Alex Cornejo por el delito de apología de terrorismo por enaltecer a través de sus redes sociales al condenado por terrorismo Abimael Guzmán.
Síguenos en nuestras redes sociales:
- Facebook: Diario El Tiempo
- Twitter: @eltiempopiura
- Instagram: @eltiempopiura
- YouTube: Diario El Tiempo
- TikTok: @eltiempopiura