Hoy vence el plazo para el depósito de la CTS: empresas que incumplan podrían recibir multas de hasta S/143,660

mayo 15, 2026
Autor: SEO JR El Tiempo
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Este 15 de mayo vence el plazo para que los empleadores realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), correspondiente al periodo semestral noviembre 2025 – abril 2026, beneficio laboral destinado a los trabajadores del régimen privado.

Ante esta fecha límite, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que las empresas que incumplan con el depósito íntegro y oportuno de este beneficio incurrirán en una infracción grave, lo que podría derivar en sanciones económicas.

Las multas pueden oscilar entre S/2,475 y S/143,660, dependiendo del tamaño de la empresa —si se trata de una micro, pequeña, mediana o gran empresa— y del número de trabajadores afectados.

¿Quiénes tienen derecho a recibir la CTS?

La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual y corresponde a los trabajadores del régimen laboral privado que laboran, como mínimo, cuatro horas diarias y que hayan acumulado al menos un mes completo de servicios durante el periodo comprendido entre noviembre de 2025 y abril de 2026.

Según el Área Laboral de EY Perú, en el caso de medianas y grandes empresas, si el trabajador laboró el semestre completo, le corresponde recibir el equivalente al 50% de una remuneración más un sexto de la gratificación percibida en diciembre de 2025.

En caso de no haber laborado el semestre completo, el cálculo será proporcional, considerando un sexto del sueldo por cada mes trabajado, además de la parte correspondiente de la gratificación.

Depósito debe realizarse completo y dentro del plazo

Las autoridades laborales precisaron que el pago de la CTS no puede realizarse de manera fraccionada. Si el empleador deposita solo una parte del monto, será considerado un incumplimiento de la normativa laboral.

El especialista laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Melvin Fernández, explicó que el reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo establece que no realizar el depósito de forma íntegra y oportuna constituye una falta sancionable.

Asimismo, precisó que, aunque el depósito puede efectuarse fuera del plazo, el empleador deberá asumir el pago de intereses legales, realizar el recálculo del beneficio y afrontar las sanciones económicas correspondientes.

Retiro del 100% de la CTS estará permitido hasta diciembre de 2026

De acuerdo con la Ley N.º 32322, los trabajadores pueden retirar el 100% de los fondos acumulados de CTS hasta el 31 de diciembre de 2026.

Además, quienes padezcan enfermedades terminales o cáncer podrán acceder al retiro total de sus fondos en cualquier momento, siempre que acrediten su condición médica.

Conceptos que no forman parte del cálculo

EY Perú precisó que ciertos conceptos no son considerados para calcular la CTS. Entre ellos figuran las gratificaciones extraordinarias, asignaciones por educación, cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijos o fallecimiento, así como la movilidad condicionada a la asistencia laboral.

Tampoco forman parte de la base de cálculo la participación en utilidades, prestaciones alimentarias, bienes entregados por la empresa y otros beneficios considerados condiciones de trabajo.

¿Qué días se consideran para el cálculo?

El beneficio se calcula sobre los días efectivamente laborados; sin embargo, existen excepciones contempladas en la normativa.

Se incluyen períodos de ausencia por accidentes laborales o enfermedad profesional hasta por 60 días al año, así como los días de descanso pre y posnatal, jornadas de huelga legal y períodos reconocidos por procedimientos de despido.

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