El Poder Judicial desestimó la solicitud de habeas corpus presentada en favor de la presidenta Dina Boluarte, que buscaba invalidar el allanamiento realizado en su domicilio por la Fiscalía y la Diviac como parte de la investigación sobre los relojes Rolex. El juez constitucional Juan Carlos Núñez Matos fue quien tomó esta decisión, al considerar que el recurso presentado por el abogado Marco Riveros Ramos no cumplió con los requisitos necesarios para su legalidad.
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Caso Rolex: ¿Cuál fue el argumento del juez para rechazar la demanda?
El magistrado basó su fallo en el hecho de que Dina Boluarte no cumplió con un requerimiento previo para legalizar su firma en el documento que desautorizaba el habeas corpus presentado por su defensa legal.
Esta omisión, según el juez, afectó la validez del recurso, que alegaba vulneraciones al derecho a un fiscal competente y al debido proceso.
El abogado Marco Riveros Ramos argumentó que el fiscal de la Nación no había juramentado ante la presidenta, como lo establece la Ley Orgánica del Ministerio Público. Esto, según él, invalidaba todas las acciones procesales llevadas a cabo en la investigación contra Boluarte.
Además, cuestionó que el allanamiento no fue realizado por el fiscal de la Nación y que se había iniciado un proceso penal sin una denuncia ante el Congreso, lo que, según él, violaba el debido proceso.
Caso Rolex:¿Cuál es el dictamen del juez sobre las acciones del Ministerio Público?
En una reciente resolución judicial, el juez Núñez Matos ha abordado la cuestión de las acciones del Ministerio Público en el ejercicio de la acción penal pública. En su dictamen, el juez destaca el papel fundamental de los fiscales en la búsqueda de justicia, ya sea actuando por iniciativa propia o respondiendo a solicitudes de parte, representando así el interés público en la búsqueda de la verdad y la aplicación de la ley.
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El juez enfatiza que las medidas adoptadas por el Ministerio Público, como los allanamientos, buscan cumplir con su deber de búsqueda de evidencia que pueda contribuir a esclarecer delitos. Además, señala que las restricciones o limitaciones a la libertad individual deben ser decididas por los jueces, y que las acciones del Ministerio Público no suponen una amenaza directa a esta libertad.
En cuanto al control constitucional de las acciones del Ministerio Público, el juez argumenta que este no debe realizarse a través de procesos como el habeas corpus, ya que las actuaciones de los fiscales no afectan directamente los derechos constitucionalmente protegidos. Por lo tanto, considera que no corresponde realizar dicho control en este contexto.
El juez destaca que las actuaciones de un fiscal interino no están deslegitimadas, a pesar de la ausencia de juramento ante el presidente de la República, ya que ciertas disposiciones legales se aplican únicamente al fiscal de la Nación titular.
Caso Rolex: ¿Puede investigarse al presidente durante su mandato?
El juez sostiene que, aunque el presidente está protegido de ciertas acusaciones durante su periodo, esto no impide que se inicie una investigación preliminar si existen razones razonables y suficientes para hacerlo, siempre y cuando se respeten los procesos establecidos por la ley.
El abogado Marco Riveros Ramos ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia del juez Núñez Matos, con el objetivo de que sea revisada por una sala constitucional de Lima, buscando así una reconsideración de la decisión judicial.