El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó nuevas disposiciones para la prestación del servicio educativo presencial durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica ubicados en los ámbitos urbano y rural.
La norma técnica, aprobada mediante la resolución ministerial N° 186-2022-MINEDU, señala que los quioscos, cafeterías y comedores escolares podrán funcionar siempre que cuenten con servicios de agua para el consumo humano, desagüe y electricidad, con el fin de garantizar las mejores condiciones de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud (Minsa) para la preparación y conservación de alimentos y su consumo.
Asimismo, indica que los estudiantes deben consumir los alimentos de su refrigerio o lonchera, o los que adquieran en la cafetería o comedor escolar, y no deben compartir alimentos ni utensilios.
Otras normas
De otro lado, establece que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, se suspenden los desfiles escolares, actuaciones y formaciones durante la jornada escolar, así como todo tipo de reunión que implique concentración o aglomeración, salvo las actividades que promuevan el deporte y el soporte socioemocional para los estudiantes.
De acuerdo con la norma, el servicio educativo presencial deberá ser suspendido en el aula en la que se encontró un caso confirmado o sospechoso de covid-19 por el periodo de cuarentena establecido por el Minsa.
Asimismo, deberán realizar cuarentena por los días establecido por el Minsa los estudiantes y los docentes del aula en la que se identificó el caso, así como las personas que hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de covid-19.
FUENTE: ANDINA
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