El presidente interino José Jerí oficializó el Decreto Legislativo 1739, que incorpora al Código Penal el delito de “revelación de información reservada”. La medida generó preocupación inicial por un posible impacto en el trabajo de periodistas y medios que investigan a autoridades. No obstante, el propio decreto precisa que difundir información reservada vinculada a investigaciones fiscales o procesos penales en curso no constituye delito cuando lo hacen periodistas o medios en ejercicio de la libertad de información y de prensa.
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La norma también excluye de responsabilidad penal a servidores o funcionarios públicos que revelen información reservada con el objetivo de exponer hechos que razonablemente podrían configurar un delito perseguible de oficio.
¿A quién se aplica este nuevo delito?
El Decreto Legislativo 1739 está dirigido a funcionarios o servidores públicos que, por su cargo, acceden a información sensible de procesos penales en trámite. La sanción se enfoca en filtraciones relacionadas con casos de extorsión, secuestro o sicariato, especialmente cuando se divulga el contenido de denuncias, la identidad reservada del denunciante o diligencias fiscales o policiales antes de ejecutarse. Las penas previstas van de 5 a 7 años de prisión, además de inhabilitación y multas de 180 a 368 días.
El decreto establece agravantes que elevan la pena a entre 7 y 10 años de cárcel cuando, por ejemplo, la filtración frustra o pone en riesgo diligencias reservadas, compromete seriamente la investigación, expone la seguridad del denunciante, se vende la información para obtener beneficios, se entrega a organizaciones criminales o se trata de información formalmente declarada secreta en el proceso penal.
Otros decretos recientes
En el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso de la República del Perú al Poder Ejecutivo del Perú, entre el 7 y el 14 de febrero de 2026 se emitieron varias normas orientadas a combatir la inseguridad ciudadana. Entre ellas destacan: la tipificación de la exigencia extorsiva como delito autónomo, sanciones al suministro ilegal de telecomunicaciones en penales, la creación de un subsistema especializado contra la extorsión, el refuerzo del régimen penitenciario cerrado especial y nuevas reglas para el registro de equipos móviles, incluyendo un máximo de siete líneas por persona natural.







