El Ministerio de Transportes y Comunicaciones declaró que la obligatoriedad de vestir chaleco y casco específicos para motociclistas empezará a regir por etapas desde noviembre.
PUEDES LEER ► Solicitar pensión ONP por videollamada: Estos son los pasos que debes seguir
El incumplimiento asociado con este elemento distintivo será sancionado bajo dos códigos para el caso de placa y chaleco: G.68 para no portar el chaleco y G.69 si la placa consignada resulta poco visible.
Ambas infracciones acarrean una multa de S/428 (equivalente al 8 % de la UIT), 20 puntos en el récord de conductor y la retención de la motocicleta involucrada.
En el caso del casco, la multa será de S/428, cuarente puntos en el récord y retención del vehículo.
¿Desde cuándo?
Mediante Resolución Directoral N.° 012-2025-MTC/15 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), modificada por Resolución Directoral N.° 018-2025-MTC/15, se establecieron las especificaciones técnicas para el uso de chalecos distintivos y cascos de seguridad por parte de los conductores y acompañantes de motocicletas, disponiéndose también un periodo de implementación previo a la entrada en vigencia de las sanciones por su incumplimiento.
Con relación al chaleco distintivo, las sanciones se aplicarán desde el 17 de noviembre, exclusivamente en los lugares que, hasta el 18 de abril de 2025, hayan sido declarados en estado de emergencia por orden interno, informa el MTC. Cabe señalar que en esas fechas, solo se declaró en emergencia a Lima y Callao. En Piura y otras regiones del norte regía una emergencia por recursos hídricos.
Es importante precisar que el estado de emergencia por orden interno es una medida excepcional que el Gobierno adopta cuando la paz social y la seguridad ciudadana se ven gravemente comprometidas. Es por esa razón que la norma se aplicará en Piura, Tumbes y las demás regiones del país en una segunda etapa que comenzará el 18 de diciembre.
Detalles
Estas prendas deben confeccionarse con materiales que ofrezcan gran visibilidad y disponer de bandas retrorreflectivas para asegurar que los motociclistas sean fácilmente identificables tanto de día como de noche.
Adicionalmente, el número de matrícula de la Placa Única Nacional de Rodaje del vehículo debe figurar en un recuadro blanco colocado en las zonas delantera y trasera del chaleco, respetando pautas específicas relacionadas con las dimensiones y el grosor de los caracteres.
Respecto a los cascos de seguridad, queda estipulado que tanto quien conduce como la persona que lo acompaña deben portar cascos certificados. Además, si el modelo del casco no incluye protector cortaviento o si el vehículo no tiene parabrisas, se exige que el conductor utilice anteojos protectores transparentes.











