El Gobierno, presidido por Pedro Castillo, dispuso la prórroga del Estado de Emergencia nacional por un plazo de 31 días a raíz de la pandemia de la COVID-19; y la expectativa de las nuevas medidas establecidas para el control de la enfermedad.
En este sentido, el Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM establece la entrada en vigencia de estas disposiciones a partir del domingo 1 de mayo de 2022, cuya validez se extenderá hasta el 31 del mismo mes.
Es así que la Presidencia del Consejo de Ministros renueva los plazos dados en principio por el D.S. N° 016-2022-PCM, el 28 de febrero de 2022, y el D.S. N° 030-2022-PCM, emitido en marzo, los cuales declaraban los límites necesarios para mantener el orden social, trastocado por las consecuencias de las olas de coronavirus sufridas por el Perú.
Restricciones del Estado de emergencia
De este modo, en el intervalo que la norma esté en vigencia quedará restringido el ejercicio de varios derechos amparados por la Constitución Política de 1993, entre estos, la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio. Además, la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en el capítulo de la Carta Magna dedicado a los derechos fundamentales de lo que goza la ciudadanía.
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