Congreso aprobó por insistencia el nuevo retiro de los fondos del Sistema Privado de Pensiones.
El Congreso de la República aprobó por insistencia el nuevo retiro de la AFP en este 2021, la cifra a retirar es un máximo hasta 17.600 soles. Los votos en el parlamento fueron 109 votos a favor, 0 votos en contra y 3 abstenciones. “Agradezco el respaldo [al Congreso].
Le decimos a la población que no los vamos a abandonar. Con esta aprobación les estamos dando el oxígeno económico que necesitan”, indicó el presidente de la Comisión de Economía, Anthony Novoa Cruzado.
Como se recuerda, la iniciativa original fue observada por el Poder Ejecutivo el mes pasado tras considerarla inconstitucional, indicando que las medidas expuestas podrían vulnerar los objetivos de la seguridad social.
La Comisión de Economía del Congreso tomó en cuenta algunas de las observaciones del Ejecutivo al aprobar la insistencia, por lo que el proyecto aprobado hoy, no es igual al que se aprobó inicialmente.
¿Qué cambios se hicieron al dictamen?
La norma inicialmente aprobada por el Legislativo planteaba autorizar el retiro de hasta 4 UIT (S/17.600) para todos los afiliados al sistema privado de pensiones (SPP) y el retiro del 100% para los mayores de 40 años que no registren aportes en los últimos 5 años.
Asimismo, se planteaba autorizar a los beneficiarios de una demanda alimentaria a acceder a los fondos del demandado para solicitar el porcentaje de dinero que disponga la sentencia judicial o el acuerdo convencional, no pudiendo exceder del 30%. Si bien el Poder Ejecutivo sugirió que el retiro sea solo para los aportantes no activos, el Congreso ha decidido insistir con permitir el retiro para todos.
“No debe ser solo para quienes se hayan quedado sin empleo sino que debe ser facultativo a todos los aportantes de la AFP dado que la pandemia ha afectado a todos los afiliados de manera directa o indirecta”, dijo Anthony Novoa.
Por otra parte, sí se ha tomado en cuenta la propuesta de eliminar la disposición que autorizaba el retiro del 100% a los mayores de 40 años al considerar que estos “obtendrían una pensión bajísima”, según Novoa.
El Congreso también ha acogido la recomendación del Ejecutivo de no autorizar que los beneficiarios de la demanda alimentaria accedan a fondos de terceros ya que se trata de una medida inconstitucional.
Datos
* El retiro de fondos mantendrá su condición de intangibles, por lo que no podrá ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.
* Se precisa que la norma no será aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
* Una vez se publique en el diario oficial El Peruano, a Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá determinar el procedimiento operativo en un plazo no mayor a 15 días.