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¿El Bono Escolaridad para el sector privado es obligatorio? Esto debes saber
septiembre 17, 2023
Autor: Redacción El Tiempo

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¿El pago del Bono Escolaridad para el Sector Privado es obligatorio? En esta nota conoce todo sobre este apoyo económico, que busca que las familias puedan afrontar ciertos costos relacionados con la educación de sus menores hijos.

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¿Qué es el Bono Escolaridad en el Perú?

El Bono Escolaridad en el Perú es un subsidio de 400 soles, que se respalda en la Ley de Presupuesto Público de cada año fiscal y que busca ser un soporte antes los gastos escolares de los trabajadores estatales con carga familiar.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Los beneficiarios del Bono Escolaridad en el Sector Público son:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del D.L. N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512
  • Docentes universitarios de la Ley N° 30220
  • Personal de la Salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la PNP
  • Pensionistas de la Ley N° 15117, los D.L. N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091

¿El Bono Escolaridad para el sector privado es obligatorio?

El abogado laboralista César Puntriano explicó, para Diario Gestión, que el Bono Escolaridad para el Sector Privado no es obligatorio, sino que este beneficio dependerá de la voluntad de la compañía o el acuerdo que tengo con el sindicato de sus trabajadores.

No obstante, Puntriano Rosas enfatizó que si la empresa empleadora entrega el Bono Escolaridad por dos años consecutivos, en adelante, este pago se convierte en OBLIGATORIO. “El beneficio se adquiere por la repetición de la conducta del empleador. Eso genera el derecho al pago”, anotó el laboralista.

Es obligatorio solo para un régimen

En esa línea, la asesora legal Senior de la Universidad de Piura (UDEP), Jessica Calle, indicó que la escolaridad solo es obligatoria para los trabajadores de construcción civil.

“En este sector, solo existe la obligación de otorgar una Asignación por Escolaridad a los trabajadores que pertenecen régimen especial de Construcción Civil. Asimismo, a quienes les corresponda en virtud de convenios individuales o colectivos”.

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¿La Escolaridad es obligatoria para el sector público?

El Bono Escolaridad de 400 soles sí es obligatorio para el sector público, específicamente, para:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del D.L. N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512
  • Docentes universitarios de la Ley N° 30220
  • Personal de la Salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la PNP
  • Pensionistas de la Ley N° 15117, los D.L. N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091

El pago para este grupo de funcionarios y servidores públicos es en enero 2024. Pero, en el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados, en el marco de la Ley N° 29944, el pago será en junio 2024, junto a la planilla de ese mes.

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Redacción El Tiempo
Redacción El Tiempo. Autor de contenidos y de las últimas noticias del diario El Tiempo. Experiencia como redactor en varias temáticas y secciones sobre noticias de hoy en Piura, el Perú y el mundo.
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