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¡Cambios en el IGV 2024! Esto dispuso el Ejecutivo
agosto 5, 2024
Autor: SEO JR El Tiempo
Cambios en el IGV 2024

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El Gobierno ha implementado importantes cambios en el IGV 2024 con el objetivo de adaptar el sistema tributario a la economía digital global. A través del Decreto Legislativo 1623, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se establecen nuevas disposiciones que afectan a los servicios digitales ofrecidos por plataformas extranjeras a personas naturales en el Perú.

¿Qué es el Decreto Legislativo 1623?

Cambio en la Ley del IGV 2024

El Decreto Legislativo 1623 modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo. Esta nueva normativa incluye a los servicios digitales y la importación de bienes intangibles mediante internet dentro del ámbito del IGV, lo que implica que las personas naturales que utilicen estos servicios en el país serán consideradas contribuyentes.

Servicios digitales afectados

La norma afecta a servicios digitales ofrecidos por empresas no domiciliadas en el Perú. Esto incluye, pero no se limita a, servicios de streaming, plataformas de e-learning, y cualquier otro servicio digital consumido por personas naturales en el territorio peruano.

¿Quiénes son los nuevos contribuyentes del IGV?

Las personas naturales que no realizan actividades empresariales y que utilizan servicios digitales prestados por proveedores extranjeros serán ahora contribuyentes del IGV. No es necesario que estas personas sean habituales en estas operaciones para ser consideradas como tales.

Recaudación y pago del impuesto

El IGV que deben pagar estas personas será recaudado a través de mecanismos específicos establecidos por la normativa. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) será la encargada de implementar estos mecanismos y facilitar el registro de los proveedores no domiciliados en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

¡Cambios en el IGV 2024! Estos son los criterios para la aplicación

La norma establece que se considerará que los servicios digitales se consumen en el país si el usuario tiene su residencia habitual en el Perú. La residencia habitual se determina mediante la dirección de protocolo de internet (IP) u otros medios de geolocalización asignados al dispositivo electrónico utilizado para acceder a los servicios.

Supuestos de consumo en el país

Los servicios digitales se considerarán consumidos en el país cuando el usuario, aunque no realice actividades empresariales, haga uso de estos servicios desde una IP asignada al Perú o mediante otros medios de geolocalización que indiquen que el servicio se está utilizando en territorio peruano.

Innovaciones y adaptaciones del sistema tributario

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha señalado que esta norma permitirá que el sistema tributario peruano se adecúe a los estándares internacionales de recaudación del IGV aplicable a los modelos de negocios digitales. Esto sigue el ejemplo de legislaciones en la Unión Europea, México, Chile, Costa Rica, Uruguay, Paraguay, Colombia, Argentina y Ecuador.

Facilitación del registro y pago

La normativa también incluye medidas que simplifican el registro de proveedores no domiciliados en el RUC y facilitan la declaración y pago del impuesto correspondiente por parte de estas empresas. La Sunat será la entidad encargada de supervisar y gestionar estos procesos.

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