El Ejecutivo anunció un bono para servidores del Poder Judicial 2022; ante ello conoce qué es este subsidio, el monto y cómo saber si serás beneficiario.
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El Congreso promulgó la ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por la COVID-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades de los gobiernos regionales y locales.
Mediante la ley n.° 31538, se autoriza la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 500 millones, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.
Qué es el Bono Poder Judicial 2022
Entre la normativa, específicamente en el artículo 5, se dispone un bono para los servidores del Poder Judicial para el 2022. Esta bonificación extraordinaria será excepcional y por única vez.
Para efectos de lo establecido en el presente artículo, se exceptúa al Poder Judicial de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.
Monto del bono Poder Judicial 2022
Se establece el monto de la bonificación extraordinaria en S/ 500, que corresponde a los servidores beneficiarios sujeto a la verificación del cumplimiento de lo establecido en la norma que publicó el Gobierno.
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Bono Poder Judicial 2022: ¿Cómo saber si seré beneficiario?
- Regímenes laborales de los Decretos Legislativos Nos. 276, 728 y 1057, que ganen igual o menos a S/ 4 600,00, con excepción de los jueces.
- Deben estar en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Se encuentran excluidos los jueces, los servidores con suspensión sin goce de haberes, los servidores de confianza.
- El bono del Poder Judicial 2022 no será para los funcionarios a los que se refiere el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.
La bonifi cación extraordinaria del Poder Judicial 2022 no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales.
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Asimismo, no constituye base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonifi caciones, asignaciones o entregas. Se encuentra afecta al impuesto a la renta.
La implementación del presente artículo se financia con cargo al presupuesto institucional del Poder Judicial, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.