Las gratificaciones se encuentran contenidas en la Ley 27735, y es uno de los beneficios sociales a los que tienen acceso los trabajadores adscritos al régimen privado laboral regulado por el TUO del Decreto Legislativo 728. Sin embargo, hay que precisar que existen regímenes especiales en los cuales su pago se produce dentro de la remuneración, o en algunos otros no corresponde cancelarla como es el caso de las microempresas, y en otros su pago es fraccionado como sucede en las pequeñas empresas.
Las gratificaciones se pagan de manera semestral en la primera quincena de los meses de julio y de diciembre de todos los años, y es equivalente a una remuneración ordinaria mensual al que debe agregarse el porcentaje que el empleador deposita por conceptos de atención de salud de sus trabajadores, ya sea a EsSalud que es el 9% o a una EPS que es el 6,75% de sus remuneraciones.
El monto a recibir dependerá del tiempo que el trabajador ha laborado para su empleador, por lo que sí trabajó los seis meses recibirá la remuneración completa más el porcentaje anotado previamente; en caso haya trabajado una fracción de dicho semestre lo percibirá de modo proporcional al tiempo efectivamente laborado.
Los trabajadores que laboran en instituciones públicas bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, no perciben gratificaciones, sino el concepto de aguinaldo, cuyo monto se regula anualmente por el Estado, siendo menores en comparación a los que se pagan en el sector privado ya descrito.
También hay que señalar que el monto de la gratificación dependerá de la remuneración que reciba dicho trabajador en el mes que le corresponda recibir este beneficio; por ello, si el trabajador en noviembre ganaba 1.200 soles y en diciembre se redujo a 1.000 o se incrementó a 1.500, estos dos últimos serán los montos con el que se calculará este beneficio social.
En estos tiempos, hay que dar el mejor de los usos a este ingreso de dinero, el mismo que no deberá destinarse solamente a la celebración navideña que se acerca. ¡Guardemos todo lo que se pueda!