El Tribunal Constitucional (TC) resolvió dejar sin efecto todos los actos procesales relacionados con la investigación seguida contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por presunto lavado de activos en el marco del denominado ‘Caso Cócteles’. La decisión implica que el proceso judicial regrese a foja cero, anulando tanto la etapa preliminar como las acusaciones fiscales presentadas hasta la fecha.
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Decisión del Tribunal Constitucional
El fallo fue adoptado por mayoría con los votos de los magistrados Helder Domínguez Haro, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.
Según el pronunciamiento del TC, la investigación vulneró dos principios fundamentales: el principio de legalidad y el derecho a un plazo razonable en la administración de justicia. En ese sentido, los magistrados consideraron que el proceso penal contra Fujimori se extendió de manera excesiva sin que existan resultados concretos, afectando sus derechos constitucionales.
Asimismo, el Tribunal decidió anular la nueva acusación fiscal presentada el 2 de julio de 2025, en la que el Ministerio Público insistía en imputar a la excandidata presidencial por el presunto delito de lavado de activos, derivado de los aportes económicos recibidos durante sus campañas políticas.
Argumentos del fallo
El ‘Caso Cócteles’ se remonta al año 2015 y se centra en los eventos organizados por Fuerza Popular para recaudar fondos durante las campañas electorales de Keiko Fujimori. Según la hipótesis fiscal, estos fondos habrían sido parte de un presunto esquema de lavado de dinero proveniente de aportes no declarados.
Sin embargo, el TC determinó que la investigación no cumplió con los parámetros constitucionales mínimos en cuanto a duración y legalidad, al haber permanecido abierta por más de ocho años sin una sentencia firme. Los magistrados señalaron que esta situación contraviene el derecho fundamental al debido proceso, protegido por la Constitución Política del Perú.
Además, el colegiado advirtió que el Ministerio Público habría realizado sucesivas ampliaciones y reformulaciones de la acusación sin fundamentos suficientes, lo que vulneró la seguridad jurídica y generó una situación de indefensión para la procesada.
Voto singular de la presidenta del TC, Luz Pacheco
La presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, emitió un voto singular, discrepando parcialmente de la mayoría.
En su opinión, “la verdadera pretensión de la parte demandante es que el Tribunal se pronuncie sobre si la conducta imputada a la favorecida tiene relevancia penal o no”. No obstante, precisó que esa labor corresponde a la justicia ordinaria y no al juez constitucional.
Pacheco recalcó que el TC no debe evaluar la tipificación penal de los hechos imputados, sino únicamente garantizar que el proceso se desarrolle conforme a los principios constitucionales. “La parte demandante tiene el derecho de hacer valer sus argumentos de defensa en el proceso penal correspondiente”, señaló.
Efectos de la resolución
Con la decisión del TC, todas las diligencias fiscales y judiciales vinculadas al ‘Caso Cócteles’ quedan sin efecto, incluyendo la investigación preliminar, la formalización de la acusación y los posteriores requerimientos del Ministerio Público.











