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Semana Santa: Conoce las multas por incumplir la cuarentena
marzo 31, 2021
Autor: Victor Palacios

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El Gobierno determinó una serie de medidas por Semana Santa para prevenir el incremento de los casos de COVID-19. En ese sentido estableció una cuarentena desde el 01 al 04 de abril.

Hay una serie de actividades que se pueden realizar, pero también hay prohibiciones para que funcione la cuarentena.

Como se recuerda ya existen multas por violar el toque de queda, no usar la mascarilla y no identificarse ante un agente del orden.

Estas multa puede ir desde los S/ 88.00 hasta los S/ 440.00, según el Decreto Legislativo Nº 1458, sin afectar otras sanciones que puedan derivar de la falta que cometas.

Conoce cuáles son en la siguiente nota.

Infracciones y multas

Estos son los motivos por los que podrías ser sancionado y sus respectivas multas:

  • Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio. S/ 352.00
  • No respetar el metro de distancia obligatorio, o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados cuya apertura está permitida. Multa: S/ 88.00
  • Circular con vehículo particular por motivos diferentes a los permitidos por el Decreto Supremo 046-2020-PCM, y regulados por el Ministerio del Interior (Mininter) y el Ministerio de Defensa (Mindef). Multa: S/ 352.00
  • Salir de casa durante la inmovilización social obligatoriaS/ 440.00
  • Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no en la vía pública tendrá una multa de S/ 387.
  • No portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.). Multa: S/ 440.00

Pago de multas

Si no cancelas la multa en el Banco de la Nación (BN) en los 5 días hábiles posteriores al de tu sanción, no podrás realizar ningún trámite ante cualquier entidad del Estado. Tampoco podrás recibir beneficios de ninguno de los programas estatales de apoyo económico, alimentario y sanitario, como indica el según el Decreto Supremo 008-2021-PCM.

Solo si puedes probar una causa justificada, la institución a la que te dirijas podrá atender tu solicitud mediante una decisión motivada.

Ten presente que si, al ser intervenido, te comprometes a saldar totalmente la infracción dentro de los dos días hábiles posteriores, tu multa se reducirá en un 25%, según lo dispuesto por el Decreto Supremo 006-2020-IN. Además, estás en el derecho de apelar esta medida, según los procedimientos que se describen en esta misma norma

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Victor Palacios
Editor web de El Tiempo y La Hora. Periodista y fundador del equipo digital del diario El Tiempo. Comunicador con experiencia en Marketing Digital, Data Analyst, SEO, Web Design, Email Marketing e Ecommerce.
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