Especialistas advierten inconstitucionalidad en Proyectos de Ley para sector educativo
junio 22, 2020
Autor: Victor Palacios

Compartir:

 A la fecha, nueve Proyectos de Ley fueron presentados al Congreso desde el 24 de marzo de 2020 para controlar, limitar o congelar cobros de pensiones y matrículas.

“Iniciativas que afectan los derechos establecidos en la Constitución como la autonomía la universitaria, propiedad, libertad de empresa y de contratación, entre otros”, calificó el equipo de especialistas constitucionales de la Federación de Instituciones Privadas Educación Superior (Fipes) a los nueve Proyectos de Ley admitidos en el Congreso de la República, que buscan regular las pensiones y matrículas de los estudiantes de instituciones educativas privadas en el país.

Entre los especialistas figuran Víctor García Toma, ex ministro de Justicia y ex presidente del Tribunal Constitucional, y el constitucionalista Natale Amprimo, quienes analizaron los nueve Proyectos de Ley fueron presentados al Congreso desde el 24 de marzo para controlar, limitar o congelar cobros de pensiones y matrículas.

Los expertos resaltaron los siguientes hallazgos:

  • Afectan los derechos de autonomía universitaria, propiedad, libertad de empresa y de contratación.
  • Transgreden la prohibición constitucional de aplicación retroactiva de la ley, poniendo en riesgo el funcionamiento de las universidades e instituciones educativas privadas.
  • Carecen de sustento técnico sobre su impacto regulatorio y análisis de costo-beneficio.

“La regulación de la actividad empresarial en el campo de la educación deberá tener como límite el contenido esencial de las libertades económicas, entre ellas, la libertad de empresa”. Una iniciativa legislativa no puede desconocer que “nos encontramos en una economía social de mercado” y por ello debe respetar los límites establecidos para la actuación del Estado en el mercado, acotó Víctor García Toma en su informe.

“El ordenamiento jurídico ya contempla vías para que todo usuario del servicio educativo que se considere afectado en sus derechos pueda hacerlos valer, ya sea a través de las entidades administrativas que pone el Estado a su disposición (como ya hemos señalado, INDECOPI, MINEDU y SUNEDU) o el Poder Judicial”, opinó García Toma.

El constitucionalista Natale Amprimo agregó que los Proyectos de Ley que debate el Congreso no analizan que la educación no presencial es una medida de emergencia y no una decisión derivada de la voluntad de los gestores de las instituciones privadas. Parten de la presunción que la prestación no presencial es no efectiva, cuando tanto la presencial como la no presencial son modalidades útiles y efectivas, por lo que no corresponde que se afecten las pensiones ni la matrícula, contraprestación a la que tienen derecho los proveedores de tal servicio”.

https://eltiempo.pe/congreso-sunedu-ley-universitaria-hola-buenos-dias-mp/

Más populares
[imagen_perfil_autor]
Victor Palacios
Editor web de El Tiempo y La Hora. Periodista y fundador del equipo digital del diario El Tiempo. Comunicador con experiencia en Marketing Digital, Data Analyst, SEO, Web Design, Email Marketing e Ecommerce.
[linkedin_autor]