El Poder Judicial declaró infundado el pedido de ocho exintegrantes del Ejército Peruano para que se les aplique la controvertida Ley de Amnistía, aprobada por el Congreso y promulgada por el Gobierno de Dina Boluarte, que busca beneficiar a miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y comités de autodefensa investigados por delitos cometidos durante el conflicto armado interno (1980-2000).
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La decisión fue adoptada por el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que dispuso la inaplicación de la norma mediante control difuso, en línea con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cual ordenó al Estado peruano abstenerse de ejecutar esta ley.
Los acusados y los cargos en su contra
El caso involucra a Jaime Manuel Pando Navarrete, alias “Capitán Pantera”; Alan Olivari Medina, “Teniente Negro”; Mario Cruz Porcela; José Santiago Pérez Quispe; Felipe Montañez Ccama; Beltrán Tapia Carrasco; Alberto Alviz Medina; y Federico Cahuascanco Pucho.
Ellos son investigados por los presuntos delitos de abuso de autoridad, tortura y violación sexual contra 15 comuneros de Antabamba (Apurímac) y Chumbivilcas (Cusco), ocurridos en 1990.
En su resolución, el juzgado sostuvo que las solicitudes de amnistía deben ser rechazadas porque “los hechos atribuidos a los acusados deben ser esclarecidos en el curso regular del proceso penal […] para que ambas partes alcancen justicia en función de la verdad material en juicio”.
Ley de Amnistía bajo cuestionamiento
El tribunal calificó la Ley de Amnistía como “abiertamente inconstitucional y anticonvencional”, subrayando que contraviene tanto la Constitución peruana como los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
Tras la decisión, la defensa de los exmilitares anunció que presentará una apelación ante una instancia superior.











