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Poder Judicial archiva de manera definitiva proceso por colusión contra Martín Vizcarra

diciembre 23, 2025
Autor: Área Digital El Tiempo

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El Poder Judicial dispuso el archivo definitivo del proceso penal seguido contra el expresidente Martín Vizcarra por el presunto delito de colusión simple. La decisión fue adoptada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, que declaró fundada la excepción de litispendencia planteada por la defensa del exmandatario y dejó sin efecto la continuidad del juicio en esta línea de investigación.

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El colegiado concluyó que Vizcarra ya había sido sometido a proceso por los mismos hechos, aunque bajo una tipificación distinta, correspondiente al delito de cohecho pasivo propio. Para la Sala, esta situación configuraba una doble persecución penal, contraria al principio de ne bis in idem, que impide que una persona sea juzgada más de una vez por una misma conducta.

Aplicación de la litispendencia en el ámbito penal

En su argumentación, la defensa sostuvo que la imputación por colusión se sustentaba en el mismo conjunto de hechos que ya habían sido analizados en el proceso por cohecho. Por ello, solicitó la aplicación de la excepción de litispendencia, pese a que esta figura no se encuentra regulada de forma expresa en el Código Procesal Penal.

La Tercera Sala avaló este planteamiento y consideró válido recurrir de manera supletoria al Código Procesal Civil, que sí contempla esta institución. Según el tribunal, la ausencia de regulación específica no impedía su aplicación, ya que era necesario cubrir ese vacío normativo para garantizar la seguridad jurídica del procesado y evitar la duplicidad de causas judiciales sobre una misma base fáctica.

Análisis de los hechos vinculados a las obras investigadas

El tribunal revisó los hechos relacionados con los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital de Moquegua y determinó que ambos formaban parte de una sola unidad fáctica. En ese sentido, concluyó que no existía un relato autónomo que permitiera una nueva imputación por colusión, dado que las conductas atribuidas ya estaban comprendidas en la acusación por cohecho.

Asimismo, la Sala precisó que el Ministerio Público no puede modificar la calificación jurídica de los mismos hechos con el objetivo de iniciar procesos paralelos. A criterio del colegiado, esta práctica supone un sobredimensionamiento de la imputación y vulnera las garantías procesales del investigado.

Postura del Poder Judicial frente a los argumentos fiscales

La resolución también desestimó los argumentos del juzgado de primera instancia y de la Fiscalía, que se habían opuesto a la aplicación de la litispendencia en el proceso penal. La Sala sostuvo que esta figura no es incompatible con el sistema penal y que su uso supletorio no afecta el principio de legalidad.

Del mismo modo, descartó la viabilidad de otras alternativas procesales, como la acumulación de procesos o la excepción de cosa juzgada, al considerar que ambos casos se encontraban en etapas distintas y que dichas figuras no resultaban aplicables al escenario concreto.

Archivo definitivo del proceso por colusión

Como consecuencia de este análisis, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó la Resolución N.º 37, que había rechazado inicialmente la excepción planteada por la defensa. En su lugar, declaró fundada la litispendencia y ordenó el sobreseimiento inmediato del proceso por colusión simple, disponiendo su archivo definitivo.

Este pronunciamiento también marca un precedente relevante en cuanto al uso de herramientas procesales de origen civil dentro del ámbito penal y refuerza la exigencia de coherencia entre los hechos imputados y la calificación jurídica formulada por el Ministerio Público.

Situación del proceso por cohecho pasivo propio

En paralelo, el proceso principal por cohecho pasivo propio continúa su curso en segunda instancia. El 16 de diciembre, el Poder Judicial declaró procedente la apelación interpuesta por Martín Vizcarra contra la sentencia que lo condenó a 14 años de prisión efectiva, dictada en noviembre por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional.

La defensa del exmandatario ha solicitado la nulidad de la sentencia o, de manera alternativa, su revocación con absolución de cargos y su inmediata excarcelación. Mientras se resuelve este recurso, Vizcarra permanece recluido.

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