El Perú pertenece al 5% de países que expenden sus pasaportes electrónicos con una vigencia de solo cinco años.
La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó por unanimidad el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3011/2022-CR que, con texto sustitutorio, propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1350, a fin de establecer la vigencia del pasaporte electrónico ordinario por 10 años.
Durante la sustentación del dictamen, se indicó que el Perú pertenece al 5% de países que expende pasaportes electrónicos con una vigencia de solo 5 años, dado que la tendencia mundial es de 10 años.
Asimismo, se resaltó que la norma afectaría a los documentos emitidos luego de su entrada en vigencia, no a los entregados de manera anterior.
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La iniciativa modifica el artículo 20 del DL 1350 para incorporar el término “pasaporte electrónico ordinario” y precisar que este es expedido por la Superintendencia Nacional de Migraciones y en el extranjero es expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las oficinas consulares del Perú en el exterior.
Es el único documento que te permitirá identificarte y transitar libremente fuera del Perú.
El pasaporte cuenta con diversos elementos de seguridad que lo convierten en uno de los documentos de viaje más seguros del mundo.
Para tramitar este documento los usuarios solo necesitan estos requisitos: DNI en buen estado, no tener pendiente el pago de multas electorales ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), una declaración jurada por pérdida o robo de pasaporte, de ser el caso.
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