El presidente Pedro Castillo observó la ley aprobada por el Congreso el pasado diciembre que establece requisitos para el nombramiento de ministros y viceministros.
De acuerdo con la observación, el mandatario apela a la «presunción de inocencia» de los ministros o viceministros que asuman el cargo y cuenten con antecedentes.
“La presunción de inocencia en el caso de ministros cuestionados no se encuentra justificada respecto a su constitucionalidad”, se lee en la ley como observación.
Esta ley, que se aprobó con 75 votos a favor, precisa que quien ocupe el cargo de ministro no debe contar con sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por delito doloso; ni tener inhabilitación para ejercer cargo público.
Detalles de ley
De acuerdo con la norma aprobada, se deberá de anexar la declaración jurada del nombrado junto a la resolución suprema donde se anuncia su nombramiento al cargo.
Ahí mismo se deberá constar las investigaciones fiscales, procesos judiciales y procedimientos administrativos en el que está o estuvo incurso.
Esta propuesta además establece que no pueden ser ministros quienes, conforme a la normativa vigente, se encuentren con investigación fiscal preparatoria o siendo procesados en el Poder Judicial por delitos de terrorismo. Tampoco, por crimen organizado, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios o violencia familiar.
“No se puede nombrar como presidente del Gabinete Ministerial o titulares de carteras de Interior ni Defensa, quienes; conforme a la normativa se encuentren con acusación fiscal o estén siendo juzgados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas”, agregan.
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