Las pugnas entre Delia Espinoza y Patricia Benavides por la supremacía del Ministerio Público se intensifican, ahora con nuevos argumentos y acciones sobre la mesa. Mientras que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) defiende a Benavides, la Junta de Fiscales Supremos respalda a Espinoza. ¿Quién tiene realmente la legitimidad para ejercer el cargo?
Puedes leer ► Poder Judicial evalúa solicitud de suspensión por 36 meses contra Patricia Benavides
¿Quién es la fiscal de la Nación?
El lunes 16 de junio, Patricia Benavides intentó sin éxito acceder a su antiguo despacho, tras la resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que ordenaba su restitución como fiscal de la Nación. Sin embargo, el cargo es ejercido oficialmente desde octubre de 2024 por Delia Espinoza.
En su más reciente pronunciamiento, Espinoza afirmó que su designación como titular del Ministerio Público “sigue plenamente vigente” y cuestionó la legalidad de la resolución que dispone el retorno de Benavides. Según explicó, el documento carece de validez porque no cuenta con la firma de todos los miembros del pleno de la JNJ, requisito que según la ley es indispensable.
Asimismo, reveló que ha solicitado en tres ocasiones a la JNJ el acta y el video de la sesión en la que se aprobó la reposición de Benavides, “en aras de la transparencia que debemos garantizar los funcionarios públicos”. No obstante, aseguró que hasta la fecha no ha recibido respuesta.
Por el contrario, recibió un oficio en el que se le exhorta a ejecutar la reposición de Benavides en el transcurso del día, bajo apercibimiento de recurrir al uso de la fuerza pública en caso de incumplimiento.
JNJ inició procedimiento de «ejecución forzosa»
En tanto, la Junta Nacional de Justicia anunció el inicio del procedimiento de ejecución forzosa y la posibilidad de recurrir a la fuerza pública ante el incumplimiento de Delia Espinoza a la resolución que ordena la reposición de Patricia Benavides. A través de un pronunciamiento público, los seis de los siete miembros que votaron en la causa cuestionaron el accionar de Espinoza, a quien se refirieron como “fiscal suprema”.
Sostuvieron que el incumplimiento detectado constituye una afectación al orden jurídico y que los funcionarios estatales deben acatar las decisiones de los órganos competentes, salvo que sean revocadas legalmente mediante el procedimiento correspondiente. En consecuencia, informó que iniciaron “el procedimiento de ejecución forzosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 205 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General”.
¿Qué es el procedimiento de ejecución forzosa?
El procedimiento de ejecución forzosa permite a la institución requerir el respaldo de la fuerza pública; es decir, solicitar la intervención de la Policía Nacional del Perú, para hacer cumplir su resolución en caso de resistencia o desacato por parte de la autoridad o persona obligada.
La JNJ sostiene que esta acción se encuentra dentro del marco legal de su potestad administrativa y no representa una interferencia en funciones jurisdiccionales ni en procesos de naturaleza constitucional.











