La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ha establecido el embanderamiento obligatorio de viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y otras propiedades en el Cercado de Lima, para conmemorar el 203 aniversario de la Independencia del Perú. Esta disposición, vigente a partir de hoy lunes 15 de julio, se encuentra dentro de la Ordenanza 2200-MML y sus modificaciones, e impone sanciones a los propietarios que no cumplan con este deber cívico.
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Multa de 25 % de 1 UIT por no poner bandera en julio
Las multas varían: el incumplimiento en el Cercado de Lima será sancionado con un 10 % de 1 UIT (S/ 515), mientras que en el Centro Histórico la sanción puede ascender al 25 % de 1 UIT (S/ 1,287.50). Además, la bandera bicolor, en buen estado, debe colocarse en la parte central superior del frente del inmueble. Las entidades públicas deben usar la bandera con escudo, mientras que las viviendas, negocios y entidades privadas deben usarla sin escudo. La incorrecta colocación de la bandera también se considera una infracción, sancionada con hasta el 25 % de 1 UIT (S/ 1,287.50).
Fiscalizadores visitan establecimientos para imponer esta norma
Fiscalizadores de la comuna metropolitana ya están visitando centros comerciales para informar a los propietarios sobre estas disposiciones y asegurar su cumplimiento del 15 al 31 de julio.
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La MML hace un llamado al espíritu patriótico de los ciudadanos para que exhiban con orgullo el símbolo nacional en sus fachadas, honrando así las tradiciones peruanas.