Licencias de conducir vencidas tendrán vigencia hasta el 30 de abril
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) prorrogó hasta el 30 de abril el plazo de vigencia de las licencias de conducir cuya validez ha expirado antes del 15 de marzo, fecha en que se decretó el Estado Emergencia Nacional como medida excepcional para prevenir la expansión del COVID-19 (coronavirus).
Mediante Resolución Directoral N° 08-2020-MTC/18, publicada hoy en el diario El Peruano, se señala que la ampliación de la vigencia aplica también para los brevetes que vencerán dentro del plazo de la prórroga establecida.
La medida dispone, también, la ampliación de la vigencia por el mismo tiempo, para los certificados de inspección técnica vehicular, certificados de inspección anual de vehículos de GNV o GLP, certificados de conformidad de cilindros de GNV, certificados de vehículos de colección, certificados de salud para licencias de conducir; así como las placas rotativas.
De igual manera, se prorroga la validez de las autorizaciones de circulación de unidades vehiculares emitidas en el marco de la Directiva N° 008-2008-MTC/20 “Normas y Procedimientos para el Otorgamiento de Autorizaciones Especiales para Vehículos que Transportan Mercancía Especial y/o para Vehículos Especiales” por el mismo periodo de tiempo.
Transporte acuático y ferroviario
Asimismo, se dispuso la ampliación de la vigencia de los títulos habilitantes de los permisos de operación y de servicios al transporte acuático en el ámbito marítimo, fluvial y lacustre; así como la vigencia de los permisos de operación de servicios ferroviarios de personas y mercancías, de los certificados de habilitación ferroviaria y de las licencias de conducir de vehículos ferroviarios.
La norma precisa que los vehículos automotores nuevos, que ingresen por vía marítima, podrán ser trasladados por sus propios medios portando sus respectivas placas de exhibición, desde los almacenes de aduanas hasta los almacenes de las empresas concesionarias.