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JNJ inicia investigación preliminar contra la jefa del Reniec por filtración masiva de datos del padrón electoral

octubre 31, 2025
Autor: SEO JR El Tiempo
jefa del Reniec

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La Junta Nacional de Justicia (JNJ), presidida por Gino Ríos, decidió abrir una investigación preliminar contra Carmen Velarde, actual jefa del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), tras la exposición masiva de información personal contenida en el padrón electoral publicado con miras a las elecciones generales de 2026.

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Según informó Perú21, la funcionaria contará con 10 días hábiles para presentar sus descargos ante el órgano de control. La medida se tomó luego de que se hiciera público que el padrón electoral permitía acceder a datos sensibles de más de 27 millones de peruanos, incluyendo direcciones domiciliarias y números de DNI.

De confirmarse responsabilidades, el procedimiento podría derivar en la destitución de Velarde, en caso de comprobarse una falta grave relacionada con la vulneración del derecho a la privacidad y protección de datos personales.

El proceso de la JNJ se desarrolla de manera paralela a las investigaciones iniciadas por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) —dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH)—, así como por la Contraloría General de la República, que anunció una investigación de oficio. Esta última notificó formalmente a la titular del Reniec para que brinde las facilidades necesarias durante la recopilación de información.

El caso generó gran preocupación pública luego de que diversos usuarios denunciaran que, al ingresar a la plataforma virtual del Reniec con un número de DNI y código de verificación, era posible visualizar no solo la información personal propia, sino también la de otros ciudadanos registrados, incluyendo autoridades y congresistas, entre ellos el presidente del Congreso, José Jerí.

Ante la controversia, el Reniec argumentó que la publicación del padrón se ampara en los artículos 198 y 203 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), que establece la divulgación temporal del registro electoral con el fin de que los votantes puedan verificar y corregir sus datos.

No obstante, la ANPD recordó que el artículo 197 de la LOE define al padrón como documento público, pero prohíbe expresamente difundir información sensible, como domicilios y huellas dactilares.
La Opinión Consultiva N.° 025-2021-JUS/DGTAIPD refuerza este principio, al señalar que la publicación del padrón debe excluir cualquier información que comprometa la intimidad o seguridad de los ciudadanos, tales como direcciones, firmas digitalizadas, fotografías, huellas y datos sobre discapacidad.

El informe precisa que la exposición de estos datos podría representar riesgos serios para la seguridad y la privacidad de los titulares, además de vulnerar sus derechos fundamentales. Por ello, el documento establece que la difusión del padrón electoral debe limitarse estrictamente a los fines de verificación ciudadana, garantizando la protección de la información confidencial.

Asimismo, la ANPD sustenta su posición en resoluciones del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que ordenan ocultar o tachar datos personales en registros públicos cuando su publicación pueda afectar derechos fundamentales.

En ese sentido, la autoridad en materia de protección de datos recordó que debe aplicarse el principio de proporcionalidad, es decir, solo divulgar la información necesaria para los fines electorales previstos por ley, evitando exponer información privada que no contribuya a dicho propósito.

La difusión no controlada de datos personales, advierte la ANPD, atenta contra los derechos de intimidad y seguridad ciudadana. Por ello, enfatiza que el padrón electoral solo puede consultarse con fines de verificación, excluyendo cualquier elemento que pueda identificar o ubicar directamente a los ciudadanos.

Con este caso, el debate sobre la protección de datos personales en el marco de los procesos electorales vuelve a ponerse en el centro de la discusión pública. Mientras tanto, la jefa del Reniec deberá rendir cuentas ante la JNJ, que determinará si su actuación vulneró las normas vigentes en materia de transparencia y resguardo de información.You have not enough Humanizer words left. Upgrade your Surfer plan.

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