La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi ha dejado sin efecto, a partir del 10 de noviembre de 2025, la aplicación de los derechos antidumping provisionales impuestos a las importaciones de alambrón de acero sin alear provenientes de la República Popular China. La medida, publicada mediante la Resolución Nº 199-2025/CDB-INDECOPI, marca un nuevo capítulo en las relaciones comerciales entre Perú y el gigante asiático.
Indecopi elimina derechos antidumping al alambrón de acero chino
Según el documento oficial, los derechos antidumping provisionales ascendían a 64,6 dólares por tonelada y habían sido impuestos a raíz de una denuncia presentada por la empresa Corporación Aceros Arequipa S.A. (CAASA), que alegaba competencia desleal por prácticas de dumping. Estas afectaban, según la denuncia, a los precios del alambrón de acero sin alear utilizado principalmente en la industria y la construcción.
El producto en cuestión comprende alambrones de sección circular y superficie lisa, con diámetros entre 5,5 y 16 mm, empleados en procesos industriales y estructurales. La eliminación de la medida, que estuvo vigente durante cuatro meses, se da por el vencimiento del plazo legal previsto en la normativa nacional y en los acuerdos internacionales de comercio.
La base legal de la decisión del Indecopi
La Comisión del Indecopi fundamentó su decisión en el cumplimiento del plazo máximo de aplicación de medidas provisionales, establecido en el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Dicho acuerdo permite que los países impongan derechos temporales hasta por cuatro meses, salvo que existan circunstancias excepcionales que justifiquen su extensión.
El caso peruano no presentó elementos que justificaran una prórroga, por lo que, según el organismo, correspondía levantar la medida. La Resolución N° 199-2025/CDB-INDECOPI ordena además la notificación inmediata a la SUNAT y a las partes involucradas para asegurar su cumplimiento efectivo.
Implicancias de la supresión: llegada masiva del acero chino
Con la supresión de los derechos antidumping, el mercado peruano abre nuevamente la puerta a las importaciones masivas de acero chino a precios más competitivos. Este cambio podría generar un impacto directo en los costos del sector construcción y metalúrgico, reduciendo los precios del alambrón disponible en el país.
Sin embargo, también existe preocupación entre los productores locales, quienes advierten que la competencia con China —caracterizada por sus menores costos de producción— podría ejercer presión sobre la industria nacional y afectar el empleo en el sector.
Resolución complementaria sobre cierres de cremallera
Paralelamente, el Indecopi adoptó una medida opuesta en otro sector. A través de la Resolución N° 200-2025/CDB-INDECOPI, la misma Comisión amplió los derechos antidumping sobre importaciones de cierres de cremallera y sus partes. A partir de ahora, la protección no solo se aplicará a los productos originarios de China, sino también a los procedentes de Indonesia y Tailandia, independientemente de su país de origen declarado.
Esta decisión surge luego de detectar un cambio en el patrón de comercio de dichos artículos, así como la falta de cooperación de los exportadores indonesios y tailandeses en el proceso de investigación. La denuncia había sido presentada por la empresa Corporación Rey S.A., dedicada a la producción de cierres de cremallera para el mercado local.
El análisis técnico del Indecopi
De acuerdo con el análisis técnico, las importaciones provenientes de Indonesia y Tailandia mostraron precios significativamente subvalorados, lo que redujo la efectividad de las medidas previamente impuestas a los productos chinos. Entre el segundo semestre de 2022 y el de 2024, la participación conjunta de estos nuevos proveedores superó el 70% del total de importaciones, desplazando a China, Malasia y Taiwán.
La investigación concluyó además que parte de los productos ingresaban al Perú con origen declarado distinto, lo que habría permitido evitar el pago de derechos antidumping y generado una competencia desleal para la industria local.
Indecopi prorroga los derechos antidumping al biodiésel estadounidense
En el sector energético, el Indecopi adoptó una postura distinta. Mediante la Resolución N° 201-2025/CDB-INDECOPI, la Comisión decidió prorrogar por cinco años los derechos antidumping aplicados a las importaciones de biodiésel puro (B100) y mezclas B50 provenientes de los Estados Unidos.
Esta decisión se enmarca dentro de un proceso de revisión periódica, conocido como “sunset review”, que busca determinar si la eliminación de las medidas podría dar lugar a una repetición del dumping y el consecuente daño a la producción nacional. Según los hallazgos de la investigación, la probabilidad de reincidencia era alta, motivo por el cual se optó por mantener la protección.
Aunque Estados Unidos no registró exportaciones de biodiésel al Perú durante el periodo de análisis, el Indecopi destacó la gran capacidad exportadora del país norteamericano y los precios potencialmente más bajos frente al mercado peruano. Asimismo, se consideró el precedente de otras jurisdicciones internacionales que mantienen vigentes medidas similares para el mismo producto.
De esta manera, la prórroga de las medidas antidumping sobre el biodiésel se computará a partir del 26 de junio de 2025.












