Este 2026, el Perú cuenta nuevamente con 16 feriados nacionales, fechas que no solo marcarán pausas en la agenda laboral, sino que también invitan a planificar unas breves vacaciones, culminar tareas pendientes o simplemente tomarse un respiro. A pocos días de culminar enero, conoce en esta nota la lista de estas fechas y qué días caen.
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Cabe indicar que el último primero de enero los peruanos pudieron disfrutar del feriado nacional.
Durante los feriados nacionales (establecido vía el Decreto Legislativo 713), los trabajadores de los sectores público y privado, así como los estudiantes, detienen sus actividades para tomarse un descanso.
Los feriados vigentes son los siguientes (toma nota y añádelo a tu calendario):
Febrero 2026
Sin feriados este mes.
Marzo 2026
Sin feriados este mes.
Abril 2026
Jueves 2 de abril: Jueves Santo.
Viernes 3 de abril: Viernes Santo.
Mayo 2026
Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo.
Junio 2026
Domingo 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera.
Lunes 29 de junio: San Pedro y San Pablo.
Julio 2026
Jueves 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú.
Martes 28 de julio: Fiestas Patrias.
Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias.
Agosto 2026
Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín.
Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima.
Septiembre 2026
Sin feriados este mes.
Octubre 2026
Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos.
Noviembre 2026
Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
Diciembre 2026
Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
Viernes 25 de diciembre: Navidad.
Entre los beneficios laborales, es importante recordar que los feriados están regulados en el artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 713. En estas fechas, los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado, aun sin asistir a laborar.
Si un trabajador labora en un día feriado ¿qué le corresponde?
Quienes trabajen durante un feriado sin descanso sustitutorio deben recibir el pago del día feriado más la remuneración diaria con una sobretasa del 100 %. No efectuar este pago constituye una infracción muy grave, con multas que pueden oscilar entre S/ 1,058 y S/ 24,163, según el tamaño de la empresa.
¿Cuánto le corresponde al trabajador si labora el Día del Trabajo (01 de mayo)?
Según el Decreto Legislativo 713, la remuneración por este feriado se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador tenga inasistencias o tardanzas durante la semana. Para el caso del trabajador que labore el 1° de mayo, sin descanso posterior, percibirá tres remuneraciones diarias: una por el feriado y doble por haber laborado en día feriado.
Cuando hay un acuerdo entre empleador y trabajador para que en el feriado éste labore, con descanso posterior, ya no habrá pago adicional por haber asistido.











