Desde hoy queda prohibida la difusión de encuestas electorales y “otras” restricciones

junio 1, 2026
Autor: SEO El Tiempo
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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que desde este lunes 1 de junio entró en vigor la prohibición de difundir o publicar encuestas de intención de voto en todo el territorio nacional. La medida forma parte de las restricciones electorales establecidas para los días previos a la segunda elección presidencial programada para el domingo 7 de junio.

La disposición busca garantizar condiciones de transparencia, equidad y respeto a las normas electorales durante la etapa final de la campaña. Según informó el organismo electoral, estas reglas forman parte del marco legal vigente y su incumplimiento puede generar sanciones económicas e incluso penas privativas de la libertad, dependiendo de la infracción cometida.

¿Por qué están prohibidas las encuestas durante los días previos a la elección?

La prohibición de publicar o difundir encuestas electorales está contemplada en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). El objetivo es evitar que sondeos de opinión influyan en la decisión de los electores durante los últimos días antes de acudir a las urnas.

De acuerdo con el JNE, esta medida forma parte de las restricciones destinadas a preservar la transparencia del proceso electoral y asegurar que los ciudadanos ejerzan su voto sin la influencia de nuevas mediciones de intención de voto difundidas en la recta final de la campaña.

La normativa establece que quienes incumplan esta disposición pueden ser sancionados con multas que oscilan entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Con el valor vigente de la UIT, las sanciones económicas podrían variar entre S/55 000 y S/550 000.

Principales restricciones electorales que regirán antes de la segunda vuelta

Además de la prohibición de difundir encuestas, existen otras restricciones que comenzarán a aplicarse de manera progresiva conforme se acerque la jornada electoral del 7 de junio.

Estas medidas buscan garantizar el orden público y el normal desarrollo del proceso de votación en todo el país.

Prohibición de reuniones y manifestaciones políticas

Desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio quedará prohibida la realización de reuniones, concentraciones o manifestaciones de carácter político.

La legislación electoral establece que quienes incumplan esta disposición podrían enfrentar sanciones penales que van desde tres meses hasta dos años de prisión.

Esta restricción busca evitar actos proselitistas de último momento que puedan alterar el clima electoral o generar incidentes durante los días previos a la votación.

Suspensión de toda propaganda política

Otra de las restricciones establecidas para la segunda vuelta presidencial es la suspensión total de la propaganda política.

La medida entrará en vigor desde las 00:00 horas del sábado 6 de junio y se aplicará en todo el territorio nacional.

La normativa prohíbe cualquier forma de difusión propagandística vinculada a las organizaciones políticas o candidatos que participan en el proceso electoral. El incumplimiento puede ser sancionado con una pena de prisión no menor de dos años.

Ley seca durante la jornada electoral

La denominada “ley seca” también forma parte de las disposiciones que acompañan cada proceso electoral en el Perú.

En esta ocasión, la prohibición de venta y consumo público de bebidas alcohólicas comenzará a las 08:00 horas del sábado 6 de junio y se extenderá hasta las 08:00 horas del lunes 8 de junio.

Las autoridades recuerdan que la infracción de esta medida puede derivar en sanciones que incluyen hasta seis meses de cárcel, además de una multa económica equivalente a S/3,390.

El objetivo de esta restricción es preservar el orden público y reducir riesgos de incidentes que puedan afectar el normal desarrollo de las elecciones.

¿Qué restricciones se aplicarán el mismo día de la votación?

Durante la jornada electoral del domingo 7 de junio también estarán vigentes disposiciones especiales relacionadas con la realización de actividades políticas cerca de los locales de votación.

Entre las 07:00 de la mañana y las 17:00 horas, horario oficial de sufragio, no estarán permitidas reuniones o concentraciones de carácter político dentro de un radio menor a 100 metros de los centros de votación.

Esta medida busca garantizar que los electores puedan acudir a emitir su voto sin presiones externas ni actos de propaganda política en las inmediaciones de los locales de sufragio.

¿Quién fiscalizará el cumplimiento de las restricciones electorales?

El Jurado Nacional de Elecciones informó que desplegará fiscalizadores en distintas regiones del país para verificar el cumplimiento de todas las disposiciones establecidas por la normativa electoral.

Los operativos se desarrollarán tanto en los días previos como durante la jornada electoral. Los equipos de fiscalización supervisarán el cumplimiento de las restricciones relacionadas con encuestas, propaganda política, reuniones partidarias y la venta de bebidas alcohólicas.

Asimismo, las autoridades electorales coordinarán acciones con otras instituciones del Estado para garantizar el respeto de las normas vigentes y atender posibles infracciones que puedan registrarse durante el proceso.

¿Qué sanciones contemplan las normas electorales?

Las sanciones previstas por la legislación electoral varían según la gravedad de la infracción. En algunos casos se aplican multas económicas, mientras que en otros la normativa contempla penas privativas de libertad.

La difusión de encuestas de intención de voto fuera del plazo permitido puede generar multas de hasta 100 UIT. Por su parte, la realización de manifestaciones políticas, la difusión de propaganda electoral en periodos prohibidos o la vulneración de la ley seca pueden derivar en procesos sancionadores y consecuencias penales.

El JNE reiteró que todas estas medidas forman parte del conjunto de restricciones diseñadas para asegurar un proceso electoral ordenado, transparente y ajustado a la legislación vigente durante la segunda elección presidencial.

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