La Corte Suprema declaró infundado el recurso presentado por el exconductor de televisión Andrés Hurtado, más conocido como ‘Chibolín’, quien solicitaba el archivo definitivo de la investigación en su contra por el presunto delito de tráfico de influencias.
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El juez supremo Juan Carlos Checkley desestimó la excepción de improcedencia de acción interpuesta por Hurtado el pasado 19 de marzo, en la que pedía el sobreseimiento de los tres hechos que se le imputan y la anulación de los antecedentes penales y judiciales relacionados con este caso.
Argumentos de la Corte Suprema
En la resolución emitida el 12 de agosto, el magistrado señaló que, mediante este tipo de recurso, no corresponde determinar si un investigado cometió o no el delito, ni definir su grado de participación (autor, coautor, cómplice o instigador). Tales aspectos, precisó, deberán resolverse en la etapa procesal correspondiente.
Asimismo, Checkley indicó que en el delito de tráfico de influencias el juez no puede valorar si se tuvieron o invocaron las influencias ni si hubo ofrecimiento de interceder. Lo que sí se estableció es que los hechos atribuidos a Hurtado y a los demás implicados sí configurarían este ilícito penal, razón por la cual fue desestimada la excepción presentada.
Investigación contra Andrés Hurtado
El exconductor afronta este proceso penal junto a la suspendida fiscal superior Elizabeth Peralta y otras personas investigadas por la Fiscalía Suprema.
Además del delito de tráfico de influencias, Hurtado también es investigado por cohecho activo específico en agravio del Estado, lo que agrava su situación judicial.
Con esta decisión de la Corte Suprema, el caso continuará en la etapa de investigación preparatoria, a cargo del Ministerio Público.












