La congresista Diana Gonzales Delgado, del partido político Avanza País, presentó el Proyecto de Ley N° 11398/2024-CR que establece el marco legal de la figura del denunciante protegido en los delitos de sicariato, extorsión y otros comprendidos dentro del crimen organizado, con el objetivo de garantizar la reserva de identidad y seguridad personal de los denunciantes.
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Según el proyecto, se considera denunciante protegido a cualquier persona que proporciona información de utilidad y comprobable a las autoridades sobre la comisión y/o planificación de los delitos anteriormente mencionados.
El denunciante solicita mantener en secreto su identidad para evitar represalias. De este modo, su identidad se vuelve confidencial desde el primer momento que presenta la denuncia hasta que alguna autorización judicial excepcional o debidamente motivada, solicite lo contrario.
Las denuncias pueden realizarse, según las siguientes modalidades:
- Acercándose personalmente a las fiscalías o comisarías habilitadas.
- A través de plataformas digitales del Ministerio Público o de la Policía Nacional del Perú.
Asimismo, toda denuncia presentada será evaluada dentro de los 5 días hábiles siguientes, a fin de una corroboración de la misma.
Las denuncias falsas y sin fundamento serán indicadas en un registro confidencial. Es así que tres denuncias falsas hechas en un mismo año por una misma persona, ocasionará la eliminación de la figura del denunciante protegido.
De aprobarse la norma, el Ministerio del Interior junto con el Ministerio Público, la implementará en un plazo no mayor a 60 días calendario.











