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Congreso aprueba reglamento de la Cámara de Diputados que regirá desde 2026

noviembre 13, 2025
Autor: Área Digital El Tiempo

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El Congreso de la República oficializó este jueves la Resolución Legislativa Nº 005-2025-2026-CR, que aprueba el Reglamento de la Cámara de Diputados, órgano que formará parte del nuevo Parlamento bicameral a instalarse tras las Elecciones Generales de 2026.

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Según la norma publicada en la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la Cámara estará conformada por 130 diputados electos el próximo 12 de abril de 2026. El reglamento entrará en vigencia al día siguiente de la proclamación oficial de resultados por parte del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La resolución fue refrendada por el primer vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso, Fernando Rospigliosi, y el segundo vicepresidente, Waldemar Cerrón.

Nueve capítulos y 197 artículos regirán el funcionamiento de la Cámara

El documento legislativo consta de nueve capítulos, 197 artículos y dos disposiciones complementarias finales, que establecen las normas que regirán el funcionamiento interno de la nueva cámara baja.

Entre las principales atribuciones de los diputados figuran:

  • Aprobar propuestas legislativas para ser remitidas al Senado.

  • Interpelar y censurar a ministros de Estado.

  • Otorgar o negar la confianza solicitada por el Consejo de Ministros.

  • Conformar comisiones investigadoras sobre temas de interés público.

  • Y ejercer las demás competencias que reconoce la Constitución Política del Perú.

Asimismo, el reglamento precisa que la función legislativa comprende la presentación, debate, aprobación, interpretación, modificación y derogación de leyes, en coordinación con el Senado de la República.

Elección de la Mesa Directiva y estructura institucional

El texto dispone que la elección de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados deberá realizarse hasta el 26 de julio de 2026, un día antes de su instalación oficial, programada para el 27 de julio del mismo año.

La organización parlamentaria incluirá al Pleno, la Junta de Portavoces, la Presidencia, la Mesa Directiva, las comisiones de trabajo y los grupos parlamentarios.

En total, el nuevo órgano legislativo contará con 16 comisiones ordinarias, entre las que destacan:

  • Constitución, Reglamento y Relaciones Exteriores

  • Defensa Nacional y Orden Interno

  • Desarrollo Agrario

  • Defensa del Consumidor y Regulación de Servicios Públicos

  • Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera

  • Educación, Cultura y Deporte

  • Energía y Minas

  • Justicia y Derechos Humanos

  • Medio Ambiente y Sostenibilidad

  • Salud

  • Trabajo y Seguridad Social

  • Producción, Comercio Exterior y Turismo

  • Inclusión Social, Familia, Mujer y Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos

  • Infraestructura, Vivienda y Transportes

  • Ciencia, Innovación Tecnológica y Sociedad Digital

  • Modernización de la Gestión del Estado y Contraloría

Además, el reglamento autoriza que la Cámara de Diputados pueda sesionar en cualquier parte del territorio nacional, previo acuerdo de la Junta de Portavoces, aunque su sede principal será el hemiciclo del Congreso.

Control político y funciones fiscalizadoras

Uno de los pilares del nuevo reglamento es el control político. El presidente del Consejo de Ministros deberá presentar la política general del Gobierno ante el Pleno de la Cámara dentro de los 30 días de haber asumido el cargo, acompañado de los ministros de Estado.

La exposición, según el texto, no genera cuestión de confianza, diferenciándose del actual esquema unicameral.

Asimismo, el reglamento establece la comparecencia obligatoria de los gobernadores regionales cuando sean citados para informar sobre la gestión de sus regiones, fortaleciendo el rol fiscalizador del Congreso.

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Facultades para calificar vacancias y reformas constitucionales

La Cámara de Diputados también podrá calificar la vacancia del presidente de la República por “permanente incapacidad moral”, debiendo sustentar su decisión con fundamentos legales y documentales. Esta medida requerirá el voto favorable de dos tercios del número legal de diputados y, en caso de aprobarse, deberá ser sustentada ante el Senado.

Del mismo modo, se establece que la Cámara puede aprobar iniciativas de reforma constitucional, conforme al artículo 206 de la Carta Magna. Estas requerirán el voto de la mayoría absoluta o de dos tercios del número total de miembros. Si no se alcanzan los votos necesarios, la propuesta será archivada.

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