El Congreso de la República logró la inhabilitación de la función pública, por 10 años, de los magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) Inés Tello y Aldo Vásquez.
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En una votación en donde el parlamentario José Luna dejó su voto pese a que no estaba permitido y en medio de reconsideraciones que prolongaron las votaciones, solo los dos magistrados fueron inhabilitados.
¿Por qué inhabilitaron a Inés Tello y Aldo Vásquez?
Con 67 votos a favor y 23 en contra y 3 abstenciones, el Congreso aprobó sancionar de esta forma a Tello De Ñecco por haberse mantenido en el cargo de miembro titular de la JNJ fuera del límite de edad previsto en la Constitución y el artículo 109 de la Ley Orgánica de dicho organismo constitucional.
Según se establece en ambos textos, uno de los requisitos para integrar la JNJ es tener como mínimo 45 años y como máximo 75 años. Tello De Ñecco cumplió en setiembre del año pasado 78 años.
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En el caso de Aldo Vásquez, el magistrado fue inhabilitado con 67 votos a favor, luego de que se presentara una reconsideración a la primera votación en la que se obtuvo 65 votos. Pues en la primera votación no se alcanzaron los votos necesarios, pero la bancada Fuerza Popular presentó la reconsideración.
En tanto el Pleno no aprobó la inhabilitación de Aldo Vásquez, Imelda Tumialán, Antonio de la Haza y José Ávila, pues no se alcanzaron los votos necesarios para lograr la sansión de estos magistrados.
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Poder Judicial admitió a trámite demanda de amparo de la JNJ contra el Congreso
El Poder Judicial admitió a trámite el recurso de amparo que interpuso los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) contra el Congreso de la República, que este jueves debatió y votó el informe final que recomienda acusarlos constitucionalmente e inhabilitarlos de la función pública por 10 años.
En ese sentido, el tribunal superior determinó tramitar la demanda y señaló como fecha de audiencia el próximo 4 de junio, vía Google meet, desde las 9:00 a.m.
La Primera Sala Constitucional dispuso, además, que dicha resolución sea notificada a la Procuraduría del Legislativo. Esto, con el propósito de que tomen conocimiento del hecho y contesten la demanda en el término de 10 días hábiles.