¿Cómo obtener mi licencia de funcionamiento de forma virtual?
febrero 16, 2024
Autor: Redacción El Tiempo

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¡Atención, bodegueros! El Ministerio de la Producción (Produce) anunció cambios significativos para simplificar el proceso de obtención de la licencia provisional de funcionamiento. A partir del decreto supremo 003-2024, publicado el pasado 15 de febrero en el boletín de normas legales del diario El Peruano, ahora es posible realizar este trámite de manera virtual a través de las plataformas digitales de las municipalidades. Descubre a continuación cómo aprovechar esta nueva modalidad y cuáles son los requisitos clave para acceder a tu licencia de funcionamiento de forma eficiente.

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Trámite para licencia de funcionamiento será virtual: ¿cuáles son las modificaciones?

Según las modificaciones establecidas en el artículo 19 del decreto supremo 003-2024, la licencia provisional de funcionamiento para bodegas ahora puede tramitarse de forma virtual. Esta modalidad permite a los bodegueros obtener el permiso de manera automática, gratuita y por única vez, siempre que se cumplan con la zonificación y compatibilidad de uso correspondientes.

¿Cómo funciona este proceso?

Los gobiernos locales tienen la facultad de habilitar la tramitación electrónica a través de sus sedes digitales. El trámite tiene una validez de 12 meses, contados desde la presentación de los requisitos ante la unidad de recepción documental del gobierno local, ya sea de forma física o virtual.

¿Qué pasos deben seguir los bodegueros para tramitar la licencia de funcionamiento?

El artículo 21 del decreto supremo establece los siguientes pasos para obtener la licencia provisional de funcionamiento:

  • Presentar los documentos requeridos: Los bodegueros deben reunir los documentos solicitados por cada municipalidad distrital o provincial, en su jurisdicción. Estos documentos pueden variar, por lo que es importante verificar los requisitos específicos de cada entidad.
  • Plazo máximo de cuatro días hábiles: Una vez presentada la solicitud, el gobierno local tiene un plazo máximo de cuatro días hábiles para emitir la licencia provisional de funcionamiento.
  • Notificación en cinco días hábiles: La notificación al solicitante se realizará en un plazo de cinco días hábiles a partir de la presentación de la solicitud.
  • Inspección técnica de seguridad: El gobierno local notificará al propietario de la bodega la fecha de la inspección técnica de seguridad en edificaciones, obligatoria en un plazo que no supere los seis meses luego de la resolución de la licencia provisional de funcionamiento.
  • Emisión de la licencia: Si no se encuentran observaciones o estas han sido subsanadas, el gobierno local procederá a emitir la licencia provisional de funcionamiento.

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¿Cuáles son los requisitos para obtener la licencia de funcionamiento?

Para acceder a la licencia provisional de funcionamiento, los bodegueros deben presentar los siguientes requisitos, conforme a la Ley Nº 30877:

  • Solicitud de Licencia Provisional de Funcionamiento: Debe tener carácter de declaración jurada y contener información detallada sobre la zona registral, partida, asiento del objeto social, accionistas y representante legal, así como la ubicación del establecimiento.
  • Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones de seguridad: Conforme a lo dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
  • Área de funcionamiento: Solo se otorga la licencia provisional de funcionamiento a bodegas con actividades en un área total no mayor de 50 metros cuadrados, ubicadas en el primero o segundo piso y con vista a la calle para facilitar el acceso.
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Redacción El Tiempo
Redacción El Tiempo. Autor de contenidos y de las últimas noticias del diario El Tiempo. Experiencia como redactor en varias temáticas y secciones sobre noticias de hoy en Piura, el Perú y el mundo.
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