El Ministerio de Salud informó que no será necesario presentar el carné de vacunación que acredite las dos dosis para ingresar a los establecimientos de salud y farmacias del país.
Cabe precisar que los trabajadores del sector sí tienen obligación de completar su vacunación contra la COVID-19, para poder realizar trabajo presencial en los mencionados establecimientos.
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Se reitera que, para ingresar a otros espacios cerrados, se puede presentar tanto el carné físico como el virtual, emitidos en el Perú o en el extranjero que muestren la vacunación con dos dosis (una dosis en el caso de la vacuna Janssen).
Comunicado sobre establecimientos de salud y farmacias
Carné de vacunación para entrar a espacios cerrados
A partir del 10 de diciembre de 2021, en todo el Perú, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados, tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19, además de usar mascarilla de manera permanente.
Para el caso de restaurantes o similares la mascarilla puede er retirada solo al momento de ingerir los alimentos.
A partir del 10 de diciembre de 2021, toda persona que realice actividad laboral presencial, deberá acreditar su esquema completo de vacunación contra la COVID-19, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero.
En el caso de los trabajadores de la actividad privada que no cuenten con el esquema completo de vacunación, deberán prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto.
Cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, se entenderá producido el supuesto de suspensión del contrato de trabajo, sin goce de haberes.
Para el caso de los trabajadores del sector público que no cuenten con el esquema completo de vacunación, es de aplicación lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 055-2021.
A partir del 10 de diciembre de 2021, los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery) sólo podrán operar si acreditan haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, su esquema completo de vacunación.
A partir del 10 de diciembre de 2021, los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 18 años, solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú o en el extranjero; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.
Todos los pasajeros del transporte aéreo nacional e internacional deben respetar las normas sobre uso de mascarilla, así como los protocolos correspondientes.
¿Cuáles son los espacios cerrados?
Los espacios cerrados, considerando el aforo en el nivel de alerta alto donde está Piura, Sullana, Sechura y Talara, son los siguientes:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
- Casinos y tragamonedas: 40%
- Cines y artes escénicas: 40%
- Bancos y otras entidades financieras: 60 %
- Templos y lugares de culto: 40%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
- Eventos empresariales y profesionales: 50%
- Peluquería y Barberia: 50%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
- Coliseos: 0%
- Gimnasios: 40%