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Adultos mayores con factores de riesgo podrán realizar cortas caminatas
octubre 3, 2020
Autor: Victor Palacios

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Adultos podrán realizar caminatas pero con limitaciones, hasta 60 minutos tres veces a la semana.

Una modificación normativa por parte del Poder Ejecutivo indica que las personas en grupos de riesgo, como los adultos mayores y los que presentan morbilidades podrán realizar caminatas, pero con limitaciones.

Según el decreto supremo n.° 162-2020 estas circulación se limita a una caminata de máximo 60 minutos de duración, 3 veces a la semana y, de preferencia, en las mañanas para no coincidir con las salidas de otros grupos poblacionales.

Asimismo, añade que los adultos mayores dependientes o con discapacidad saldrán acompañados por una persona responsable de su cuidado a una distancia no superior de 500 metros respecto de su domicilio, en espacios abiertos y sin aglomeraciones.

 

EXCEPCIONES

La norma especifica que también pueden salir de su domicilio excepcionalmente para el cobro de algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o para la realización de un trámite que exija su presencia física.

En el caso de las personas en grupos de riesgo que laboran, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto y en caso deseen voluntariamente concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas, se sujetan a las disposiciones de las autoridades.

 

SE PROHÍBEN VISITAS A DOMICILIO

Las personas en grupos de riesgo no deben recibir visitas en su domicilio y deben evitar el contacto físico con las personas que se desplazan fuera del domicilio.

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Victor Palacios
Editor web de El Tiempo y La Hora. Periodista y fundador del equipo digital del diario El Tiempo. Comunicador con experiencia en Marketing Digital, Data Analyst, SEO, Web Design, Email Marketing e Ecommerce.
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