Todas las empresas del sistema financiero deberán brindar mensualmente a la Sunat información sobre las cuentas con montos superiores a S/10.000.
Con el fin de facilitar a la Sunat su función fiscalizadora y de combate de la evasión y elusión tributaria, el Ejecutivo ha dispuesto levantar el secreto bancario que la misma Ley de Bancos contiene respecto de operaciones pasivas o de ahorro. Así es que las entidades financieras ahora deberán reportar cada mes a la Sunat los saldos de las cuentas mayores a S/10.000.
¿Pero es esto tan siquiera constitucional?, ¿es seguro para los ciudadanos y empresas que se verán afectados? El secreto bancario solo tendría que ser levantado bajo orden judicial.
“Es jurídicamente inconstitucional, políticamente inconveniente y socialmente peligroso”. Así calificó la medida el abogado de la Universidad de Piura (UDEP), Luis Castillo.
En su opinión, el objetivo que quiere alcanzar el Estado es loable, pero debería optar por alternativas que no vulneren derechos fundamentales, como reforzar el ITF.
“[La medida] Va a producir el efecto contrario a la finalidad porque podría aumentar la informalidad y, por ende, limitar la capacidad recaudatoria de la Sunat. Quizá la gente ya no va a querer bancarizar. Luego, sobre esa información financiera, ¿cuál es la garantía de que no se le dé un uso indebido? Saber quiénes tienen más de 10 mil soles en sus cuentas es importante para las bandas criminales”, añadió.
Por su parte, el constitucionalista de la misma casa de estudios, Carlos Hakansson, también catalogó a esta nueva facultad de la Sunat como jurídicamente inviable, pues vulnera el artículo 2, inciso 5, de la Constitución del Perú.
“Toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”, dice el artículo de la Carta Magna.
Este, además, especifica que “el secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del juez, del fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado”.
Para Hakansson, la medida es desproporcionada, pues afecta derechos fundamentales, además de que abre la posibilidad de que se filtre información: “Por ejemplo, ahora que estamos en campaña electoral, podrían usar esa información en contra de los candidatos o, en otro escenario, podría pasar a manos de delincuentes, quienes así seleccionarían a sus víctimas”.
Por otro lado, hizo énfasis en que se debe combatir la informalidad, pues en este sector se produce la mayor evasión de impuestos. “Ya no van a poner la plata en el banco, sino bajo el colchón, ya no van a querer bancarizar; son medidas que siempre afectan a los que sí aportan, a los formales, a los que pagan impuestos y cumplen con sus obligaciones”.
Algo menos invasivo
“Lo que va a hacer la Sunat puede tener un efecto en el comportamiento de los agentes económicos, como ocultamiento y menos transacción bancaria o financiera, y la informalidad estaría creciendo. Con el ITF y con las medidas que se tomaron los dos últimos años, la Sunat podría tener un sistema más efectivo y menos invasivo”, comentó Humberto Correa, exdecano del Colegio de Economistas.
También criticó que el ITF no haya sido muy utilizado y que no se hayan desarrollado los mecanismos para seguir el origen y destino de los recursos.
Mientras que el docente de Derecho de la Universidad del Pacífico, especializado en temas tributarios, Alfredo Gildemeister, señaló que “hay un afán controlista, de conocer el perfil financiero de cada ciudadano peruano; hay el requerimiento de información de datos muy básicos; montos acumulados en una cuenta; inclusive se pide información sobre los intereses que generan los depósitos”.
Así, consideró que mucha gente buscará anular sus cuentas bancarias para evitar ser expuesta. Además, fue enfático al afirmar que la disposición carece de sentido, pues el secreto bancario solo puede ser levantado por un juez.
¿A cuántos afectaría la medida?
Desde el 1 de enero, todas las empresas del sistema financiero deberán brindar mensualmente a la Sunat información sobre las cuentas con montos superiores a S/10.000.
Es decir, a partir de ahora los bancos, cajas municipales, cooperativas y financieras proporcionarán a la mencionada entidad los datos de identificación del titular de la cuenta, tales como el nombre, tipo y número de documento de identidad, RUC o NIT y domicilio registrado en la empresa del sistema financiero.
Por supuesto, también habrá acceso a los datos de la cuenta financiera, como el tipo de depósito, número de cuenta, código de cuenta interbancario (CCI), tipo de moneda, además de los montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados.
¿Pero a cuántos afectaría realmente esta nueva disposición? La Sunat identificó que esta medida aplicará a cerca de 250 mil empresas y 1,7 millones de personas. Aunque, según información de la SBS, hay alrededor de 2,5 millones de personas y 2,7 millones de empresas con cuentas superiores a S/10.000.
Por. Andrea Flores Khalil / Agencias