Del 21 de junio al 11 de julio se aplicarán nuevas restricciones en la región Piura
El Gobierno ha dispuesto una serie de medidas focalizadas para enfrentar la segunda ola de la pandemia por la COVID-19 en el Perú. En ese sentido Piura y sus 8 provincias (Piura, Ayabaca, Huancabamba, Morropón, Paita, Sullana, Talara y Sechura) han sido ubicados en el Nivel de Alerta Alto, según Decreto Supremo N° 123-2021-PCM).
Toque de queda
El toque de queda será de lunes a domingo de 11:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente. Los domingos habrá restricción de vehículos particulares.
Los establecimientos comerciales deben cerrar una (01) hora antes del inicio del toque de queda, con excepción de Lima y Callao que deberán cerrar dos (02) horas antes. El transporte interprovincial terrestre: se permite libremente.
Aforos
Aforos permitidos en espacios cerrados:
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 40%.
- Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 40%.
- Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%.
- Playas abiertas.
- Restaurantes y afines en zonas internas: 50%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
- Templos y lugares de culto: 40%.
- Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 50%.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 50%.
- Bancos y otras entidades financieras: 60%.
- Eventos empresariales y profesionales: 50%.
Aforos permitidos en espacios abiertos:
- Sin restricción de aforos, respetando los protocolos, y previa autorización del gobierno local.
- Artes escénicas.
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
No está permitido:
Eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas.
Uso de mascarillas y protector facial
- El uso de mascarillas para circular por la vía pública es obligatorio a nivel nacional.
- El uso de doble mascarilla para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración de personas como: centros comerciales, galerías, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias; es obligatorio a nivel nacional. Además, se recomienda el uso de protector facial.