Desde el martes 20 de enero, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aplicará sanciones a motociclistas con acompañante adicional en zonas declaradas en estado de emergencia. La medida forma parte del Decreto Supremo N.° 002-2026-MTC.
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La norma establece multas desde S/660 para la primera infracción, equivalente al 12% de la UIT 2026, además de 50 puntos en el récord del conductor. En caso de reincidencia, la sanción sube a S/1,320, con 60 puntos acumulados y sin acceso a descuentos por pronto pago.
El decreto también incorpora responsabilidad solidaria para propietarios de motocicletas y empresas de transporte, quienes asumirán la multa si la unidad figura a su nombre. La fiscalización estará a cargo de la Policía Nacional, en coordinación con el MTC y las municipalidades, mediante actas físicas o registros electrónicos.
Asimismo, se mantiene el régimen de descuentos solo para infracciones no graves. El conductor podrá acceder a una rebaja del 17% si paga dentro de los primeros cinco días hábiles, o del 33% hasta antes de la resolución sancionadora, siempre sin reincidencia.
Las sanciones más severas alcanzan a conductores que bloqueen o interrumpan el tránsito durante emergencias. Esta falta se penaliza con 1,5 UIT, equivalente a S/8,250 en 2026, además de remoción del vehículo y 50 puntos en la licencia, sin beneficio alguno.
El reglamento endurece el sistema de control por puntos y amplía las restricciones de tránsito en zonas bajo emergencia. Todas las infracciones quedarán registradas a nivel nacional y podrán derivar en suspensión o cancelación de licencias.











