El Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Piura ha desvelado graves irregularidades en la contratación por locación de servicios del proveedor José Benel Alvarado Rojas durante el año 2024.
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Un Informe de Acción de Oficio Posterior (N° 037-2025-2-0454-AOP), emitido por el OCI, detalla que Alvarado Rojas no acreditó el cumplimiento de los términos de referencia ni la totalidad de la prestación de los servicios por los que se le pagó, lo que afectó la legalidad de las contrataciones y el correcto funcionamiento de la administración pública.
La investigación del OCI, un servicio de control posterior no programado, tuvo como objetivo principal informar al Titular de la entidad sobre la existencia de estos hechos irregulares para que se adopten acciones inmediatas. Según el informe, José Benel Alvarado Rojas percibió un total de S/ 18,000.00 por dos contratos de servicio en la Gerencia de Gestión Ambiental de la municipalidad.
Proveedor incumplió requisitos técnicos y entregables exigidos
El primer contrato, ejecutado de marzo a mayo de 2024, fue para el rol de «Difusor ambiental Tipo A» en campañas de sensibilización. La revisión del OCI encontró que, en su Currículum Vitae, Alvarado Rojas no acreditó tener capacitación en temas periodísticos, un requisito explícito en los Términos de Referencia (TDR) del servicio. Además, las publicaciones presentadas como sustento de su trabajo (principalmente en redes sociales como Facebook y estados temporales de WhatsApp) no siempre demostraron haber sido realizadas dentro del periodo de servicio, y no se evidenció la producción de videos, notas periodísticas, flyers o entrevistas, tal como exigían los TDR.
El segundo contrato, que se extendió de agosto a octubre de 2024, correspondía a servicios de «cobertura y producción de material de difusión» para diversas actividades ambientales. Para este servicio, los TDR especificaban la necesidad de estudios superiores, capacitación en periodismo, comunicación y/o marketing, y una experiencia laboral mínima de 6 meses en comunicación social. Sin embargo, el OCI determinó que José Benel Alvarado Rojas no cumplía con estos requisitos de experiencia ni con la capacitación solicitada. En cuanto a la ejecución, varias de las publicaciones presentadas carecían de fecha de registro, no se alcanzó la cantidad mínima de notas de prensa exigidas en algunos entregables (se acreditaron solo 28 de 30) y no se encontraron publicaciones para el último mes del contrato.
Estos hallazgos demuestran una clara transgresión de la Directiva N° 08-2023-OyM-GTySI/MPP, que regula las contrataciones por montos menores o iguales a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en la Municipalidad Provincial de Piura, así como de los propios Términos de Referencia establecidos para ambos servicios.
El OCI ha recomendado al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Piura, Gabriel Antonio Madrid Orué, «adoptar las acciones que correspondan en el ámbito de sus competencias» para resolver esta situación y, de ser necesario, «disponer el deslinde de responsabilidad»











