Hoy la atención del país estará puesta en la decisión que tome el Congreso de la República sobre el pedido de vacancia del Presidente Martín Vizcarra. ¿Prosperará la vacancia? ¿asistirá el mandatario al Congreso? ¿Manuel Merino será el nuevo presidente del Perú a partir de hoy? ¿Las FF.AA. seguirán respaldando a Vizcarra? ¿Qué pasará si Vizcarra no acata la decisión del Congreso… tendríamos dos presidentes gobernando el país?
Son muchas las interrogantes planteadas, por lo pronto y para alivio del mandatario, se espera que los promotores no consigan los 87 votos que se exigen del pleno para dar por hecho la vacancia. Si fuera así, Vizcarra seguiría gobernando y los “vacadores” tendrían que buscar otra oportunidad para bajárselo, antes de las elecciones generales.
Si se consiguen los 87 votos, de acuerdo a la Constitución, la vacancia procede y allí empiezan los problemas. Primero, porque la vacancia no es instrumento de sanción y, según el artículo 113 de la Constitución, se aplica solo cuando el cargo queda vacío por incapacidad mental, física o moral. En este caso el cargo no está vacante y solo procedería si tiene sustento jurídico.