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Win recibe multa de más de S/ 474.000 tras fallo de Indecopi por publicidad engañosa

diciembre 16, 2025
Autor: Área Digital El Tiempo

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso una multa a WI-NET Telecom S.A.C., conocida comercialmente como Win, por difundir publicidad considerada engañosa respecto a las características de su servicio de internet fijo. La sanción fue determinada por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal mediante la Resolución Nº 233-2025/CCD-INDECOPI.

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Según lo resuelto por la autoridad, la empresa deberá pagar 88.75 Unidades Impositivas Tributarias, equivalentes a S/ 474.812, tras comprobarse la difusión de 42 piezas publicitarias que contenían mensajes capaces de inducir a error a los consumidores. La investigación se inició a partir de una denuncia presentada por América Móvil Perú S.A.C.

Indecopi concluyó que la publicidad de Win generó una percepción equivocada en los usuarios al atribuir a su servicio beneficios que no estaban debidamente sustentados o que no coincidían con las prestaciones reales ofrecidas. Para el organismo regulador, estas afirmaciones influyeron tanto en la decisión de los consumidores como en la dinámica competitiva del mercado de telecomunicaciones.

Entre los mensajes observados durante el proceso de fiscalización figuraban frases como “Con WIN no tendrás retrasos en tu señal” y “Con el plan más veloz, navega al toque y sin complicaciones”. De acuerdo con la evaluación técnica realizada, dichas expresiones no reflejaban de manera objetiva las condiciones reales del servicio de internet fijo brindado por la empresa.

La resolución también señala que el contenido difundido en las redes sociales de Win, como Facebook, X, Instagram y YouTube, reforzó esta percepción errónea entre los usuarios, ampliando el impacto de la publicidad cuestionada debido a su alto alcance digital.

En cuanto a la determinación de la multa, Indecopi precisó que las sanciones fueron establecidas de forma diferenciada para cada pieza publicitaria. Los anuncios con mayor nivel de difusión y alcance recibieron penalidades más elevadas, superando en algunos casos las 10 UIT por cada contenido.

Además de la sanción económica, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal ordenó el cese inmediato y definitivo de las piezas publicitarias observadas, con el objetivo de evitar que vuelvan a ser difundidas en cualquier plataforma o medio de comunicación.

La lista detallada de las multas aplicadas a cada anuncio forma parte de la versión pública de la Resolución Nº 233-2025/CCD-INDECOPI, documento en el que se precisan los criterios utilizados para la evaluación del impacto publicitario y la determinación de las sanciones.

Con esta decisión, Indecopi reiteró su rol de supervisión en el mercado, subrayando la importancia de que las empresas brinden información veraz, clara y comprobable sobre sus productos y servicios, a fin de proteger a los consumidores y garantizar una competencia leal en el sector de las telecomunicaciones.

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