En el Perú, la participación en las utilidades es una obligación laboral que las empresas deben cumplir. No respetar esta disposición se considera una infracción grave según la normativa vigente, lo que puede generar multas que oscilan entre los 8,635 soles y los 143,660 soles, dependiendo del número de trabajadores afectados.
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Este beneficio permite que los trabajadores reciban una parte de las ganancias obtenidas por la empresa, luego de haber cubierto sus costos operativos, tributarios y demás obligaciones relacionadas con su actividad.
De acuerdo con especialistas, en el presente año están obligadas a repartir utilidades aquellas empresas que generen rentas de tercera categoría (empresariales), que durante el ejercicio 2025 hayan tenido más de 20 trabajadores y que además hayan obtenido renta imponible, sin registrar pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de compensación.
Asimismo, las compañías pueden otorgar una participación adicional o voluntaria en utilidades, siempre que previamente hayan cumplido con el reparto legal establecido.
El pago de las utilidades debe realizarse dentro de los 30 días calendario posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. No obstante, las empresas pueden adelantar este pago si así lo deciden.
En caso de que el empleador no cumpla con el pago dentro del plazo y el trabajador lo solicite por escrito, se generarán intereses moratorios a favor del trabajador por el monto pendiente.
Planificar con anticipación este pago permite a las empresas cumplir con la normativa laboral y gestionar adecuadamente sus obligaciones financieras. Contar con información actualizada y confiable es clave para evitar sanciones económicas y asegurar la correcta entrega de este beneficio dentro del plazo establecido.
Con el fin de aclarar las principales dudas sobre este beneficio, a continuación se detallan los aspectos más importantes sobre las Utilidades 2026 en Perú:
¿Cuánto debe distribuir cada empresa según su sector?
El porcentaje de utilidades a distribuir varía según la actividad económica de la empresa:
- Empresas pesqueras: 10%
- Empresas agrarias: 10%
- Empresas de telecomunicaciones: 7.5% entre 2024 y 2026, y 10% desde 2027
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 10%
- Empresas de comercio al por mayor y menor, y restaurantes: 8%
- Empresas que realizan otras actividades: 5%
¿Qué factores influyen en el cálculo?
El cálculo de las utilidades se realiza considerando dos criterios principales. El 50% del monto total se distribuye en función de los días efectivamente trabajados por cada empleado durante el año. El otro 50% se reparte en base a la remuneración que cada trabajador haya percibido en ese mismo periodo.
Es importante tener en cuenta que el monto máximo que un trabajador puede recibir por utilidades equivale a 18 remuneraciones mensuales.
¿Qué variables no se consideran para el cálculo?
No se incluyen en el cálculo aquellos días en los que el trabajador no haya prestado servicios, incluso si tuvo derecho a recibir remuneración, como ocurre con las vacaciones o los días de descanso semanal obligatorio.
Sin embargo, existen excepciones establecidas por ley. Por ejemplo, se consideran como días laborados las licencias sindicales y los periodos de descanso pre y postnatal.
En cuanto a la remuneración, no se toman en cuenta aquellos conceptos que no tienen carácter remunerativo. Entre ellos se encuentran las gratificaciones extraordinarias otorgadas de manera voluntaria, las utilidades del año anterior, asignaciones por transporte, bonificaciones por educación, nacimiento, matrimonio o fallecimiento, condiciones de trabajo, bienes entregados por la empresa de su propia producción, así como la canasta navideña, entre otros.







